Vivienda

Giro con las cláusulas suelo: la Audiencia de Madrid permite reclamarlas desde la firma de la hipoteca

  • El Supremo fijó el 9 de mayo de 2013 como fecha límite para reclamar
  • Esta decisión abre la puerta a la reclamación de miles de consumidores afectados
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Eva Contreras

El largo y voluminoso proceso judicial de las cláusulas suelo hipotecarias podría reabrirse cuando las reglas para su reclamación parecían inamovibles. La Audiencia Provincial de Madrid ha reconocido a una consumidora su derecho a reclamar las cuantías cobradas de más por la aplicación de estas condiciones contractuales que impidieron abaratar su cuota de amortización con la caída del euribor desde el momento de la firma del crédito y no desde mayo de 2013 como había establecido el Tribunal Supremo.

El fallo, fechado el pasado 19 de abril y recogido por Efe y Ep, estima el recurso de una clienta de la financiera Credifimo contra el fallo de abril de 2021 del juzgado de primera instancia número 33 de Madrid, permitiéndole reclamar las cuantías desde 2007.

Los magistrados del tribunal provincial justifican su resolución en que la limitación temporal del Supremo priva a los consumidores que firmaron antes su préstamo "del derecho a obtener la restitución íntegra de las cantidades que hayan abonado indebidamente a la entidad bancaria" y proporciona, por tanto, "una protección limitada", "incompleta e insuficiente y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de dicha cláusula".

El Tribunal Supremo consideró abusiva y, por tanto, nula la citada cláusula el 9 de mayo de 2013, fijando la retroactividad en el cobro de las cuantías a partir de ese momento. El nuevo fallo de la Audiencia Provincial de Madrid se apoya en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que en 2016 se pronunció en contra de esa limitación al estimar que suponía "privar" a los consumidores con préstamos anteriores al 2013 "a obtener la restitución íntegra de las cantidades que haya abonado indebidamente".

El TJUE expresó que ese tope "no resulta compatible" con el derecho de la Unión Europea (UE) y en 2021 su abogado general, Evgeni Tanchev, volvió a expresar disconformidad con el tope temporal, alentando a la Justicia española a ordenar de oficio la "restitución íntegra" de las cantidades.

La presidenta de la asociación de consumidores Asufin, Patricia Suárez, valoró que el nuevo fallo abre la puerta a que todos los afectados con sentencia firme puedan reclamar las cantidades atrasadas y a revertir una situación "absolutamente injusta para miles de afectados".

Un contencioso de 12 años

El contencioso por las cláusulas suelo arrancó en 2010 y en estos 12 años los jueces han dictado casi 300.000 sentencias, un 97% condenatorias para la banca.

Su elevado volumen, unido a la fuerte conflictividad en otras materias financieras como los gastos hipotecarios, el IRPH o las hipotecas multidivisas movió, incluso, a especializar 54 juzgados en conflictos financieros. Entre su puesta en marcha en 2017 y el tercer trimestre de 2021 habían ingresado más de 671.858 recursos por conflictos financieros, las sentencias superaban las 445.000 y quedaban por resolver 225.000 asuntos según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En 2017 se abrió además un mecanismo extrajudicial para agilizar la devolución de las cuantías y por el que la banca había devuelto más de 2.300 millones de euros hasta mediados del ejercicio 2020.