¿Compraste una casa a tus hijos? Así puedes traspasarles la hipoteca
- La operación suele tener una comisión, de cerca del 1%
- El banco tendrá que aceptar la sustitución del titular
elEconomista.es
Pocos jóvenes en España pueden permitirse contratar una hipoteca debido a la inestabilidad del mercado laboral y las exigencias de los bancos para conceder el préstamo.
Una alternativa para no tener que esperar hasta los 35 años para comprar una casa, es que los padres o un familiar adquieran el inmueble y más adelante se la transfieran a su hijo o hija, cuando este firme un contrato fijo y tenga cierta estabilidad económica.
Aunque parezca una idea rocambolesca o compleja, la ley hipotecaria contempla el traspaso de un préstamo a otra persona. Eso sí, con dos inconvenientes: normalmente hay que pagar una comisión y el banco debe aprobar la transferencia estudiando el nuevo perfil del deudor.
Esta operación es también muy común cuando se compra una casa de segunda mano que ya tiene una hipoteca. El vendedor, en lugar de cancelar el préstamo y vender la vivienda, transfiere el inmueble y la hipoteca al comprador, siempre con el visto bueno del banco.
También puede suceder que una pareja comparta una hipoteca y se termine separando. En ese caso se modifica el préstamo para sacar a uno de los cónyuges del contrato.
¿Cómo se traspasa la hipoteca?
El cambio en el titular de un préstamo es, a fin de cuentas, una modificación del contrato de la hipoteca, por lo que habrá que negociar con el banco las nuevas cláusulas.
Esa operación, también llamada subrogación del deudor, puede incluir un endurecimiento de los avales, un cambio en la duración del préstamo o en el tipo de interés, si la entidad considera que el nuevo titular no es igual de solvente.
¿Cuánto cuesta?
Modificar las condiciones de un contrato hipotecario suele tener un coste en forma de comisión, pero tiene que estar reflejado en el contrato. Se trata de un porcentaje sobre el capital pendiente de devolver, normalmente menos del 1%.
Además, habrá que pagar la mitad de los gastos de notaría (la otra mitad la paga el banco) e íntegramente los costes del registro.
También es posible que el banco solicite una nueva tasación de la vivienda, que tendrá que pagar el titular del crédito.