El juez del 'caso Imelsa' imputa al PP valenciano por presunto blanqueo
Olivia Fontanillo
El titular del Juzgado de Instrucción 18 de Valencia ha resuelto imputar al Partido Popular en Valencia en el caso en el que se investiga la comisión del delito de blanqueo de capitales por el que están investigadas 48 personas (concejales, exconcejales, asesores y exasesores del Ayuntamiento de Valencia), "al amparo de los artículos 302.2 del Código Penal y 119 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal". El magistrado emplaza al PP para que designe a un representante procesal, que habrá de prestar declaración en calidad de investigado (término que sustituye al de imputado). Asimismo, y ante las conclusiones del Ministerio Público de que "existen indicios suficientes de la participación" de la exalcaldesa de Valencia, Rita Barbera, y al exconcejal y actual diputado autonómico Miquel Domínguez, ambos aforados, les ofrece la posibilidad de declarar voluntariamente antes de decidir si eleva la causa al Tribunal Supremo (TS).
El magistrado, que ha levantado el secreto de sumario que afectaba a la pieza separada del 'caso Imelsa', centrada en el presunto blanqueo, responde así al escrito presentado por la Fiscalía para que elevara sendas Exposiciones Razonadas ante la Sala de lo Penal del TS y ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV. Además, el juez acuerda practicar más diligencias antes de pronunciarse sobre la petición del fiscal.
En un auto notificado hoy, el instructor explica que los escritos presentados por el fiscal "contienen indicios racionales que fundamentan jurídicamente dicha petición". El juez, sin embargo, considera oportuno seguir la doctrina del Tribunal Supremo y agotar la investigación para que, llegado el momento, tanto el TS como el TSJ dispongan de la máxima información que les pueda ser de utilidad para "valorar la implicación indiciaria de las dos personas aforadas".
Por este motivo, el titular de Instrucción 18 ha decidido también interrogar de nuevo a cuatro investigados que en su día, estando la causa secreta, se acogieron a su derecho a no declarar. Se trata del concejal Alfonso Novo, la exedil María José Alcón, la exsecretaria del grupo municipal popular Mª Carmen García-Fuster y de la secretaria de ésta, María José Pi Palau, quienes, según el magistrado instructor, tenían, al menos indiciariamente, "mayor proximidad al dominio material sobre el dinero de supuesto origen ilícito". Tendrán que declarar de nuevo ante el juez el día 8 de abril.
"Cabe la posibilidad de que quisieran, ahora, declarar, es decir, suministrar información que podría ser valiosa o reveladora de hechos o circunstancias ignotos en este momento, y que podrían servir para aproximarnos a la verdad, que es el único interés y finalidad de toda instrucción judicial", argumenta el juez, quien, para agotar la investigación, acuerda, igualmente, ofrecer a los dos aforados, Barberá y Domínguez, la posibilidad de ser oídos voluntariamente sobre unos hechos por los que podrían resultar imputados.
Se basa el magistrado en la doctrina del Tribunal Supremo (ATS 9884/2012), según la cual "deben depurarse en el Juzgado de Instrucción de origen cuantas diligencias sean precisas para completar la investigación de los hechos, al efecto no solo de acreditar los mismos sino también el grado de participación que en ellos hubiera podido tener la persona aforada, lo que pasará por recibirle declaración si voluntariamente se presta a ello".
En dicho auto el Supremo establece que "debe agotarse la instrucción de la causa, a fin de permitirse una más fundada decisión no ya sobre la racionalidad de los indicios de existencia de infracción penal, sino de los que pueda haber de participación en ella del aforado".
El Alto Tribunal exige que "cuando se imputan actuaciones criminales a un grupo de personas y alguna de ellas tiene el carácter de aforado, se individualice no solo la conducta concreta que respecto a ese aforado pudiera ser constitutiva de delito, sino también que haya algún indicio o principio de prueba que pudiera servir de apoyo a tal imputación (?). De ahí que para que proceda declarar su competencia sea menester que existan suficientes indicios de responsabilidad contra la persona aforada".
No serán interrogados
De aceptar la fórmula de la declaración voluntaria, la senadora y el diputado autonómico comparecerían ante juez y fiscal, asistidos por abogado, previa designación de procurador y habiendo tenido conocimiento de las actuaciones. El juez les otorga un plazo de veinte días para declarar si lo desean. No serán interrogados. Y, alternativamente a esta comparecencia voluntaria, podrían presentar un escrito alegando lo que consideren oportuno en relación a los hechos investigados y a su posible participación en los mismos.
La declaración voluntaria de los aforados viene recogida en el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. No implica proceder alguno del órgano judicial contra ellos. Se trata, según recoge el auto de Instrucción 18, de un trámite que persigue garantizar su derecho de defensa "para que puedan dar a conocer hechos y circunstancias de posible interés para la causa y manifestar lo conducente a su defensa en relación con la investigación, que aparentemente les implica, antes de decidir sobre la petición interesada por el fiscal".
En esta resolución, el juez también solicita informe al representante del Ministerio Público para que se pronuncie sobre la oportunidad de declarar compleja la pieza separada del blanqueo y ampliar así de 6 a 18 meses el plazo para investigar.
El 'Caso Imelsa' en cifras
En el 'caso Imelsa', cuya pieza principal seguirá estando secreta hasta el 14 de abril tras la nueva prórroga acordada hoy por el instructor, hay 115 investigados (personas físicas y jurídicas) por varios delitos contra la administración pública, entre ellos, los de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, cohecho, fraude, falsedad y blanqueo de capitales en relación con una trama de corrupción infiltrada en varias administraciones públicas de la Comunidad Valenciana cuyos integrantes se servían de sus puestos de responsabilidad para amañar contratos y cobrar comisiones ilegales a cambio de adjudicaciones fraudulentas.
La causa, que se saldó con la detención a finales de enero de 24 personas, entre ellas el expresidente de la Diputación de Valencia y del PP provincial, Alfonso Rus, consta de 15 tomos (4.500 folios). La documentación incautada en los registros está clasificada en diez piezas documentales, integradas, cada una de ellas, por varios tomos.
En la pieza separada, con 48 personas imputadas más el PP, imputado como persona jurídica, se investigan las donaciones al partido para blanquear dinero de supuesta procedencia ilícita.