Comunidad Valenciana

El exalcalde de Cullera, procesado por el incendio que provocaron los fuegos artificiales



    El Juzgado de Instrucción número 3 de Sueca (Valencia) ha procesado al exalcalde de la localidad valenciana de Cullera Ernesto Sanjuán (PP) por el incendio que se declaró en el municipio el 26 de abril de 2014 como consecuencia del disparo de un castillo de fuegos artificiales que autorizó en una zona forestal y pese a estar prohibido. La magistrada considera que los hechos son constitutivos de un delito de incendio por imprudencia grave.

    El artículo 358 del Código Penal contempla que este delito está castigado con pena privativa de libertad no superior a nueve años de prisión o bien con cualquier otras pernas de distinta naturaleza, bien sean únicas, conjuntas o alternativas.

    Junto a Sanjuán, la instructora también ha procesado al exedil de Fiestas del consistorio, Andreu Piqueras, por un presunto delito de incendio, según consta en un auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

    La jueza considera que existen indicios para juzgar a los dos acusados, que autorizaron el espectáculo pirotécnico pese a que los bomberos les habían comunicado la situación de riesgo extremo de incendio forestal decretado por el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat valenciana.

    En el fax remitido por los bomberos se especificaba que en esa situación quedaban prohibidos los espectáculos pirotécnicos en terreno forestal o en la franja de 500 metros alrededor del mismo. Pese a dicha comunicación, el entonces alcalde de Cullera "ordenó el lanzamiento del castillo que estaba previsto para esa noche, con conocimiento y sin oposición" del entonces concejal de Festejos.

    El castillo se situó en zona forestal y, como consecuencia de las condiciones climáticas, se inició un incendio que se quedó a escasos metros de unas viviendas que tuvieron que ser desalojadas hasta la extinción del fuego, según consta en la misma resolución.

    El siguiente paso es que la jueza dará traslado de esta resolución tanto al fiscal como a las acusaciones para que digan si procede el archivo de la causa, la apertura de juicio oral o la práctica de diligencias complementarias.

    En el supuesto de que entiendan que debe celebrarse juicio porque hay indicios de delito, presentarán el correspondiente escrito de acusación, en el que realizarán un relato de cómo creen que sucedieron los hechos y concretarán el delito que imputan a los acusados y las penas que solicitan para ellos. Cumplimentado este trámite, la jueza dictará auto de apertura de juicio oral y dará traslado de los escritos de acusación a los abogados de los procesados para que, a su vez, formulen los escritos de defensa.