Tributos

Resolución preciosa de Tributos



    La Directiva 2003/88 CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre,

    establece una pautas relativas a los periodos mínimos de descanso, de los que deben

    disfrutar todos los trabajadores de los sectores de actividad público y privado. Es notorio

    que las modalidades penosas de organización del trabajo y los periodos largos de

    actividad laboral pueden entrañar riesgos para la salud humana. De ahí que la referida

    Directiva establezca unas disposiciones mínimas sobre el descanso diario y semanal, y

    también respecto de la duración máxima de trabajo semanal. Disposiciones mínimas que

    pueden ser excepcionadas, desde el respeto de los principios generales de protección de

    la seguridad y de la salud de los trabajadores, en atención a las características especiales

    de la actividad realizada, o cuando la jornada no tenga una duración media o

    predeterminada

    La Directiva 2003/88 CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre,

    establece una pautas relativas a los periodos mínimos de descanso, de los que deben

    disfrutar todos los trabajadores de los sectores de actividad público y privado. Es notorio

    que las modalidades penosas de organización del trabajo y los periodos largos de

    actividad laboral pueden entrañar riesgos para la salud humana. De ahí que la referida

    Directiva establezca unas disposiciones mínimas sobre el descanso diario y semanal, y

    también respecto de la duración máxima de trabajo semanal. Disposiciones mínimas que

    pueden ser excepcionadas, desde el respeto de los principios generales de protección de

    la seguridad y de la salud de los trabajadores, en atención a las características especiales

    de la actividad realizada, o cuando la jornada no tenga una duración media o

    predeterminada