Tributos
Resolución preciosa de Tributos
La Directiva 2003/88 CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre,
establece una pautas relativas a los periodos mínimos de descanso, de los que deben
disfrutar todos los trabajadores de los sectores de actividad público y privado. Es notorio
que las modalidades penosas de organización del trabajo y los periodos largos de
actividad laboral pueden entrañar riesgos para la salud humana. De ahí que la referida
Directiva establezca unas disposiciones mínimas sobre el descanso diario y semanal, y
también respecto de la duración máxima de trabajo semanal. Disposiciones mínimas que
pueden ser excepcionadas, desde el respeto de los principios generales de protección de
la seguridad y de la salud de los trabajadores, en atención a las características especiales
de la actividad realizada, o cuando la jornada no tenga una duración media o
predeterminada
La Directiva 2003/88 CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre,
establece una pautas relativas a los periodos mínimos de descanso, de los que deben
disfrutar todos los trabajadores de los sectores de actividad público y privado. Es notorio
que las modalidades penosas de organización del trabajo y los periodos largos de
actividad laboral pueden entrañar riesgos para la salud humana. De ahí que la referida
Directiva establezca unas disposiciones mínimas sobre el descanso diario y semanal, y
también respecto de la duración máxima de trabajo semanal. Disposiciones mínimas que
pueden ser excepcionadas, desde el respeto de los principios generales de protección de
la seguridad y de la salud de los trabajadores, en atención a las características especiales
de la actividad realizada, o cuando la jornada no tenga una duración media o
predeterminada