Social
La cesión de trabajadores puede darse aunque las dos empresas sean reales
La cesión de trabajadores puede tener lugar "aun tratándose de dos empresas reales si el trabajador de la una trabaja permanentemente para la otra y bajo las órdenes de ésta". La jurisprudencia señala también que aunque se acredite que una empresa que facilita personal a otra tiene una actividad y una organización propias, lo relevante a efectos de la cesión consiste en que esa organización "no se ha puesto en juego", limitándose su actividad al "suministro de la mano de obra o fuerza de trabajo" a la empresa arrendataria. Lo declara esta sentencia del TS, con fecha de 9 de marzo de 2011.