Social
La cesión puede actuar al margen de la realidad o solvencia de las empresas implicadas
En el marco de la empresa principal o arrendataria, en ocasiones no es fácil diferenciar la cesión ilegal, dificultad que se agrava porque en la práctica se recurre a las contratas como medio formal de articular el acuerdo interpositorio de facilitación de trabajadores entre el cedente y el cesionario y es difícil reconocer en las circunstancias de cada caso el límite entre un mero suministro de trabajadores y una descentralización productiva lícita. En este sentido, como fenómeno interpositorio de carácter jurídico, la cesión puede actuar completamente al margen de la realidad o solvencia de las empresas implicadas, aunque en la práctica sea frecuente la utilización de testaferros que suelen carecer de esa realidad empresarial, según recoge esta sentencia del TS, con fecha de 1 de febrero de 2011.