Social

Hay invalidez permanente cuando se está inhabilitado para las tareas fundamentales



    La invalidez permanente total ha de inhabilitar al trabajador para la realización de todas o, también, sólo de las fundamentales tareas de dicha profesión, lo que impone una anulación de la capacidad laboral concreta del trabajador, según sentencia del TSJ de Barcelona, de 25 de octubre de 2010.