Salud Bienestar

Entra en vigor en Andorra la prohibición de fumar en los espacios públicos



    Andorra la Vella (Andorra), 13 dic (EFE).- La normativa que prohíbe fumar en todos los espacios públicos en Andorra ha entrado en vigor hoy, por lo que no se permiten la áreas con humo en lugares como centros sanitarios, escuelas, transporte público, centros de ocio e instalaciones deportivas, incluso bares, restaurantes y discotecas.

    La proposición de ley contra el tabaquismo pasivo ambiental, que el Consell General (Parlamento) aprobó el pasado 17 de mayo, surgió a raíz de la iniciativa legislativa popular, la primera que ha prosperado en Andorra, y que necesitaba el apoyo del 10% del censo electoral.

    Así, el proyecto, que empezó a gestarse en 2010, obtuvo más de 2.000 firmas de ciudadanos con derecho a voto.

    La normativa supone un cambio sustancial para el país ya que hasta ahora se permitía fumar en bares, restaurantes y discotecas, entre otros espacios públicos.

    El texto se sostiene bajo el argumento de que el país necesita "que haya un compromiso político fuerte que conlleve la adopción de medidas que protejan a todos los individuos contra la exposición del humo del tabaco", según consta en la exposición de motivos.

    En este sentido, la nueva ley reconoce de manera concreta el derecho de las personas "a no estar expuestas al humo del tabaco en contra de su voluntad" y, por lo tanto, garantiza el derecho "a no haber de sufrir los riesgos sanitarios inherentes a la inhalación de humo del tabaco emitido por terceras personas".

    La normativa que se aplica desde hoy da la posibilidad no obstante a los titulares de los establecimientos públicos y privados de crear áreas específicas, aunque muy restrictivas, para fumadores teniendo en cuenta la superficie y las condiciones de uso y de ventilación de los locales.

    Estas áreas deben estar físicamente separadas del resto de zonas y tener un sistema de ventilación independiente. En las salas está prohibido prestar ningún servicio ni servir comidas ni bebidas y además queda vetado el acceso a los menores de 18 años.

    Hasta la fecha, el Gobierno ha recibido únicamente tres peticiones para habilitar estas salas especiales.

    En el caso de que los propietarios de bares, restaurantes y discotecas y otros establecimientos públicos y privados no puedan adecuar salas específicas independientes, la normativa obliga a convertir todo el local en un espacio sin humo.

    Las infracciones por fumar en espacios prohibidos serán de entre 30 y 500 euros, de entre 500 y 3.000 para aquellos que no habiliten correctamente las salas para fumadores, no señalicen las áreas donde se permite y no se permite fumar y tolerar la presencia del tabaco en áreas vetadas.

    La normativa también establece multas de hasta 10.000 euros si se tolera fumar deliberadamente en áreas prohibidas o se permite la presencia de menores de edad en los espacios con humo.