Procesal

El examen del procesamiento contamina al enjuiciador

  • Las Audiencias Provinciales deben "cruzar" entre sus salas recursos de la instrucción y enjuiciamientos
Imagen: archivo

Pedro del Rosal

El Tribunal Supremo (TS) exige que las Audiencias Provinciales que "crucen" entre sus distintas secciones la resolución de los recursos de los juzgados de Instrucción, "para que unas resuelvan los recursos relativos a la instrucción sumarial y otras se encarguen del enjuiciamiento". En caso de disponer de sección única, reclama que se arbitren "los medios orgánicos necesarios" para los magistrados enjuiciadores no tomen "contacto invalidadnte" con la investigación.

Así lo determina una sentencia del 3 de febrero, de la que es ponente el magistrado Sánchez Melgar, en la que se ordena la repetición de un juicio contra un condenado por agresión sexual a un menor, realizado por la Audiencia Provicinal (AP) de Huelga. La defensa interpuso recurso de casación tras haber sido rechazado la recusación de los magistrados de la AP que dictaron la sentencia condenatoria.

Análisis de la instrucción

La sentencia del TS asevera que los jueces no se limitaron al un examen de la legalidad en su resolución, sino que se descendieron a un análisis jurídico de la instrucción, al confirmar el auto de procesamiento, que los contamina.

"Se da cuenta del contenido de las declaraciones del denunciante y del menor, objeto de los abusos o agresiones sexuales, así como la documental y los informes forenses de credibilidad", señala el fallo.

Sánchez Melgar determina que la revisión de una resolución judicial tan sustancial en la instrucción como el auto de procesaimiento, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, impide a los magistrados entrar a enjuiciar una causa penal "sin haber perdido la garantía de la imparcialidad objetiva".

El Supremo, por tanto, entiende vulnerado el artículo 24.2 de la Constitución, y ordena la repetición del juicio contra el acusado.