Política
El juez del caso Gürtel considera que Ana Mato se lucró de los negocios de su exmarido
El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha declarado a la ministra de Sanidad, Ana Mato, partícipe a título lucrativo por las actividades de su exmarido, el exalcalde de Pozuelo de Alarcón Jesús Sepúlveda. Esta situación no supone la imputación de la ministra, pues el juez considera que se lucró de los supuestos negocios ilícitos de la trama pero no es autora de los mismos. Por tanto su responsabilidad es civil y no penal. EN DIRECTO | Todas las reacciones al auto.
Así, Ana Mato tendrá que acudir a declarar o, si lo prefiere, enviar aun representante legal en su nombre, según recoge el auto.
"Póngase la presente resolución en conocimiento de Ana Mato Adrover y de Gema Matamoros Martínez, al objeto de que comparezcan en las actuaciones en calidad de partícipes a título lucrativo (art. 122 CP), designando abogado y procurador que en tal condición les representen, por el beneficio que pudieren haber obtenido de los efectos derivados de la actuación atribuida, respectivamente, a Jesús Sepúlveda Recio y a Guillermo Ortega Alonso, de conformidad con lo acordado en el Razonamiento Jurídico CUARTO de la presente resolución", asegura el juez en el auto.
Esta figura contempla como pena una multa, por lo que la ministra podría ser condenada en un futuro a devolver el dinero del que se ha lucrado. De todos modos, la figura legal de 'beneficiaria a título lucrativo' no descarta la futura imputación de Ana Mato
En concreto, en el auto se considera a Mato partícipe a título lucrativo de las actividades de la trama 'Gürtel' por haber "disfrutado o haberse beneficiado, sola o en compañía de su exmarido y otros miembros de su familia, de servicios turísticos, pago de eventos familiares y otros artículos de de uso particular".
El juez, que apunta que será en el juicio oral cuando se determine la cuantía concreta del lucro, señala que entre los años 2000 y 2004 Mato se benefició junto a su entonces marido de "regalos en forma de servicios turísticos que comprenden tanto desplazamientos en medios de locomoción como alojamientos en establecimientos hoteleros en España y en el extranjero y otros servicios turísticos".
El magistrado, que pide a la ministra que se persone en las actuaciones en calidad de partícipe a título lucrativo y designe abogado y procurador, concreta que el conjunto de viajes disfrutado por Sepúlveda habrían tenido un coste de 50.331,82 euros en este periodo, de los cuales al menos 31.580 habrían servido para sufragar desplazamientos y gastos de otros miembros de su familia.
Estos gastos fueron asumidos por la empresa Pasadena Viajes en una cuenta de la que era titular Sepúlveda y que fueron cargados a la 'caja B' de la trama 'Gürtel'. De esta forma, el conjunto de servicios prestado por la empresa al exalcalde de Pozuelo generaba "un cobro ficiticio, puesto que en lugar de desembolsarlos" el exregidor, eran "abonados con fondos ajenos a los circuitos económicos de la organización".
Las actividades se llevaron a cabo bajo la dirección de los presuntos cabecillas de la red, Francisco Correa y el exsecretario de Organización del PP de Galicia Pablo Crespo, y contemplaron la "emisión de recibos falaces" a favor de Sepúlveda.
Exoneración de Acebes
En el mismo auto, el juez también ha archivado la causa que seguía contra el exsecretario general del Partido Popular (PP) Ángel Acebes en el marco del 'caso Gürtel' al asegurar que "debe exonerarse" al político.
Ruz transforma además las actuaciones en procedimiento abreviado, equivalente al procesamiento, sobre los hechos de la primera época de la red (1999-2005) y da el paso para sentar en el banquillo a 43 personas, entre las que se encuentran los extesoreros del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas, Álvaro Lapuerta y Ángel Sanchís.
La causa también continúa contra el exconsejero de Deportes de la Comunidad de Madrid Alberto López Viejo; los presuntos líderes de la trama, Francisco Correa y Pablo Crespo; los exalcaldes de Majadahonda Guillermo Ortega y Pozuelo de Alarcón Jesús Sepúlveda y el exdiputado Jesús Merino.
¿Qué es beneficiaria "título lucrativo"?
Se denomina así a quien concurre al procedimiento penal, no como responsable criminal del ilícito penal investigado, sino en calidad de responsable civil directo por haber obtenido un beneficio o aprovechamiento ilícito derivado del comportamiento penalmente punible atribuido a otro.
El artículo 122 del Código Penal establece que el que hubiera participado en el delito a título lucrativo está obligado a resarcir el daño en la cuantía de la que se haya beneficiado. Un caso similar muy actual es de la propia infanta Cristina en el caso 'Nóos'. De todos modos, la figura legal de 'beneficiaria a título lucrativo' no descarta la futura imputación de Ana Mato.