Política

El Supremo acepta la abstención de Conde-Pumpido en los ERE

    La juez Alaya a las puertas de los juzgados de Sevilla. <i>Imagen: EFE</i>


    El Tribunal Supremo (TS) ha aceptado la abstención del magistrado Cándido Conde-Pumpido de participar en las deliberaciones o en la instrucción del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares remitido al Alto Tribunal por la juez Mercedes Alaya al existir personas aforadas porque intervino indirectamente en este asunto cuando ostentaba el cargo de fiscal general del Estado.

    En un auto, el Tribunal Supremo señala que fue el pasado día 8 de septiembre cuando Conde-Pumpido, componente de la Sala de causas especiales, formuló un escrito de abstención según lo prevenido en el artículo 219.13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por "haber ocupado cargo público con ocasión del cual haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa".

    De este modo, Conde-Pumpido, que figura como componente de la Sala de causas especiales para el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2014, alegó en su escrito de abstención que desempeñó el cargo de fiscal general del Estado con fecha 23 de marzo de 2011, cuando por medio de un decreto atribuyó específicamente a la Fiscalía Anticorrupción la competencia sobre el caso ERE.

    Esta encomienda la hizo en virtud del artículo 19 del Estatuto del Ministerio Fiscal porque, aunque el fiscal general no intervenga en asuntos jurisdiccionales, este precepto faculta a que dé alguna orden en supuestos de "especial trascendencia", según recoge el auto consultado por Europa Press.

    Según expuso, "una participación, aunque sea indirecta, en la tramitación, aconseja la abstención en esta fase jurisdiccional posterior para garantizar la más absoluta imparcialidad del tribunal", añadiendo que, "aún cuando en el caso presente el decreto de atribución de competencia aparece suscrito por el teniente fiscal, la facultad para adoptar esa decisión corresponde al fiscal general del Estado".