Penal

Conozca los requisitos del quebrantamiento de forma



    Para que se pueda alegar, en un proceso penal, quebrantamiento de forma, deben darse ciertas circunstancias: que la contradicción sea manifiesta y absoluta en el sentido gramatical de la palabra, debe ser insubsanable -pues aún a pesar de la contradicción gramatical, la misma no pueda subsumirse en el contexto de la sentencia; es decir que no exista posibilidad de superar la contradicción armonizando los términos antagónicos a través de otros pasajes del relato-, que sea interna en el hecho probado, pues no cabe esa contradicción entre el hecho y la fundamentación jurídica, y que la contradicción se produzca respecto a algún apartado del fallo. Lo recoge esta sentencia del Supremo, con fecha de 20 de abril de 2011.