Cómo el impuesto a las energéticas redefine el juego
- Su implementación genera una incertidumbre sobre la temporalidad del gravamen
Silvia Lucena
En 2023, el Gobierno de España introdujo un gravamen temporal para los años 2023 y 2024, dirigido a aquellos que calificasen como operadores principales en los sectores energéticos. Esta medida buscaba reforzar el "pacto de rentas" y mitigar el impacto de los altos precios de la energía en los hogares y las empresas, en un contexto inflacionista que lo pretendía justificar, como medida de interés general.
Este gravamen temporal se diseñó como una prestación patrimonial adicional (de carácter público, no tributario) sobre los ingresos de los operadores principales energéticos. En esencia, su aplicación se limitó a aquellas compañías o grupos fiscales con ingresos superiores a los 1.000 millones de euros anuales y su importe se estableció como el 1,2% del importe neto de la cifra de negocios derivado de la actividad desarrollada en España, en lugar de considerar únicamente los beneficios obtenidos, dándose la paradoja de compañías en situación de pérdidas que están teniendo que afrontar importes muy materiales por este concepto. Además, dicho gravamen no tiene la consideración de gasto deducible a efectos del Impuesto sobre Sociedades ni puede repercutirse a terceros, lo cual ha añadido una carga muy difícil de aliviar.
Desde su implementación, la incertidumbre sobre la temporalidad del gravamen ha generado inquietud en el sector energético, afectando a la planificación financiera y a las decisiones de inversión de las empresas y de los inversores con intereses en el sector.
Tras muchas idas y venidas, recientemente el Gobierno se ha comprometido a constituir una comisión negociadora en el Congreso con el objetivo de impulsar un impuesto permanente para las energéticas. Por tanto, hasta que esta comisión se constituya y aborde el tema, continuará la incertidumbre para el sector.
La conversión del gravamen temporal en permanente tendría un impacto significativo para el sector energético en España. A nuestro entender, las consecuencias más relevantes serían las siguientes:
1. Aumento de la incertidumbre y la inseguridad jurídica. Su conversión en un impuesto permanente añade un elemento de incertidumbre e inseguridad jurídica, ya que se diseñó como un gravamen temporal. Esta incertidumbre podría afectar negativamente a la toma de decisiones de inversión en España y favorecer otros mercados.
2. Reducción de la rentabilidad y atractivo de las inversiones. La valoración de las empresas energéticas se vería afectada negativamente. Los potenciales compradores tendrían que considerar el impacto del impuesto en los flujos de caja futuros, lo que podría llevar a una reducción en el precio de compra de los activos energéticos, complicando la negociación y cierre de transacciones en curso. Esto también podría suponer una penalización para las empresas del sector en la búsqueda de financiación.
Asimismo, su imposición con carácter permanente reduciría la rentabilidad neta de las empresas energéticas, lo que a futuro podría desincentivar la inversión en el sector. Los inversores, tanto nacionales como internacionales, podrían reconsiderar sus planes de entrada o expansión en España, buscando mercados con una carga fiscal menos elevada.
3. Impacto en la estrategia de crecimiento y descarbonización. Las empresas energéticas se verían obligadas a revisar sus estrategias de crecimiento y de transición energética, por cuanto la carga fiscal adicional podría limitar su capacidad para financiar inversiones que permitan su expansión y/o descarbonización. Esto podría llevar a algunas empresas del sector a acometer los proyectos de descarbonización en otros mercados.
4. Reestructuraciones del sector. Ante la nueva realidad fiscal, las empresas energéticas podrían adoptar diversas estrategias para mitigar el impacto del impuesto, tales como la reestructuración de sus operaciones, la optimización de costes o la búsqueda de eficiencias operativas, entre otras.
Asimismo, de plantearse un impuesto generalizado para todo el sector, esto podría suponer un freno para el desarrollo/consolidación de las pequeñas empresas emergentes o del Middle Market y dificultar la innovación en el sector energético.
5. Repercusiones en la competitividad del sector energético español. Cabe esperar que la permanencia del impuesto afecte a la competitividad del sector energético español en el contexto europeo e internacional, generando a las empresas españolas desventajas frente a sus homólogas en otros países con regímenes fiscales más favorables, lo que se traduciría en una pérdida de cuota de mercado y de oportunidades de negocio, haciendo menos atractivo el mercado español frente a inversores.
Dados los impactos negativos que este impuesto tendría sobre la rentabilidad, competitividad y estrategia de crecimiento y/o descarbonización del sector energético, consideramos que es importante que se valore detenidamente la conveniencia de su introducción en el sistema tributario español.
En este escenario, resulta de vital importancia que el Gobierno y los actores del sector trabajen conjuntamente para mitigar los efectos negativos y fomentar un entorno favorable para la inversión y el desarrollo sostenible del sector energético en España.
De aprobarse finalmente como un impuesto permanente, habrá que estar pendiente de cuál será su naturaleza y estructura, qué cambios se implementarán en su caso sobre los umbrales para su aplicación, su base imponible (sobre beneficios en lugar de ingresos) y la posible introducción de deducciones/reducciones para no gravar los beneficios que se reinviertan en procesos que se comprometan con los objetivos de descarbonización y transición energética.
En definitiva, consideramos que la conversión en permanente de este gravamen temporal tendrá un impacto profundo para el sector energético español, pudiendo afectar a su competitividad frente a otros mercados, dificultar su acceso a la financiación y mermar su rentabilidad y capacidad de crecimiento e innovación. Todo ello podría generar más oportunidades de fusiones y adquisiciones, siguiendo tanto estrategias de fragmentación como de consolidación del mercado. De este modo, algunas empresas podrían considerar la desinversión en activos no estratégicos o la diversificación hacia sectores menos gravados, mientras que otras podrían buscar consolidarse para mejorar su eficiencia operativa, poniendo de manifiesto la necesidad de estar atentos a la evolución legislativa y contar con un asesoramiento especializado para evaluar adecuadamente los impactos.
El sector energético en España parte de una situación muy favorable para acometer el proceso de transición energética/descarbonización y sería una lástima lastrar la oportunidad de convertirnos en punta de lanza.