Las corbatas y el día a día de la fiscalidad
Antonio Durán-Sindreu Buxadé /Profesor de la UPF y Socio Director DS Abogados y Consultores de Empresa. Columnista de Ecoley
No sé si es la edad, pero empiezo a estar un poco harto de la impersonalidad y burocracia en la relación con la Administración. Le pido, pues, disculpas al lector, porque necesito desahogarme. Me voy a referir, exclusivamente, a la Administración Tributaria. He dicho muchas veces que nuestro sistema tributario está agotado y que tiene importantes déficits en términos de equidad. Sin embargo, creo que el principal problema que hoy tenemos no es su diseño, sino su aplicación. El día a día.
¿O no es verdad que no tenemos muy buen recuerdo de aquella última vez que nos relacionamos con la Administración, que las declaraciones tributarias son sudokus ininteligibles, incluso para superdotados, que el lenguaje que Hacienda utiliza es algo antipático, depresivo, e ininteligible, que hoy está casi todo judicializado, que el sentimiento del ciudadano es el de que Hacienda siempre tiene la razón, o que un frío sudor nos invade y paraliza cuando vemos en nuestro buzón, electrónico o no, una notificación de la AEAT?
Ayer, para no ir más lejos, leí una Sentencia de un Tribunal Superior de Justicia que, entre otras muchas y más complejas cuestiones, admitía la deducibilidad de dos corbatas por importe de 223,14 euros. El tema es anecdótico. Ya lo sé. Pero refleja muy bien lo que quiero decir.
Vaya por delante que se trata de un contribuyente que como rendimiento neto de su actividad declaró por IRPF más de 600.000 euros.
Para situarnos, el calvario se inicia a raíz de una actuación de gestión tributaria de las que hoy todo transcurre sin verse las caras y cuyo motivo obedece, normalmente, a la selección que el ordenador ha hecho según parámetros predeterminados.
Para no perder la costumbre, toda la relación es telemática. Si tienes suerte y eres valiente, puedes solicitar la maldita cita previa para que, después del calvario correspondiente, y aunque no sirva para mucho, hables con alguien. Como es habitual, el tema acaba casi siempre en una liquidación que, si quieres recurrir y no pagar, has de avalar. Poco después te notifican la sanción que, si la quieres recurrir, no has de avalar. Pero al tiempo.
La percepción del contribuyente ya la saben: culpable salvo que demuestres lo contrario. La Oficina de Gestión, sin apenas hablar ni ver al contribuyente, consideró que, de acuerdo con los artículos que sin motivación alguna se copian y pegan en la notificación, las malditas corbatas no eran deducibles. El Tribunal Económico Administrativo Regional correspondiente (en adelante, TEAR), consideró que el problema es que la compra de las corbatas se justificó mediante factura simplificada y que, al tratarse de una prenda de uso mixto, el contribuyente se había de esforzar un poquito más, y acreditar que quien pagó por ellas es quien las compro. Según parece, a la Oficina de marras este último detalle no le pareció necesario.
El TEAR, sin embargo, en lugar de devolverle el expediente para que lo trabajara un poco más, desestima el recurso. Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia pertinente considero que el uso de la corbata es hoy habitual en el ejercicio de la actividad en cuestión, y que no admitir su deducibilidad por justificarse tan solo mediante una factura simplificada era, dicho en plata, una pasada acústica.
Total, tres años de calvario, más costes, tiempo y desgaste físico y psíquico. Pero no se lo pierdan. Pocos meses después, la Dirección General de Tributos respondió a una consulta sobre idéntico tema, diciendo que "nada de nada". Vaya, que no son deducibles. En definitiva, inseguridad jurídica.
El problema es que, si con temas tan obvios se lía la que se lía, imagínense lo que pasa con temas mucho más complejos. No es, pues, de extrañar la judicialización de temas banales y no tan banales. Vaya, de casi todo. ¿Quién es el perjudicado? El contribuyente.
El futuro, inteligencia artificial incluida, no es muy halagüeño. No me extrañaría que en unos años sean hologramas clonados quienes en un mundo virtual nos atiendan. Ya sabrán que recientemente una persona contrajo matrimonio con un holograma. No me lo invento. Infórmense. Creo, de verdad, que la relación personal y la confianza que de ella se deriva, es esencial para solucionar cualquier problema.
Cuando este existe, su solución no es una videollamada o un e-mail. La solución es presencialidad. Es ver la cara de las personas. Explicarnos. Hablar. Temas como los impuestos exigen casi siempre una explicación o conversación que solo la presencialidad puede solucionar.
Pero este no es el único problema ni el más importante. El problema más importante es la actual cultura administrativa, el desequilibrio en derechos y obligaciones entre los ciudadanos y la Administración, la falta de empatía, la inseguridad jurídica, la falta de diálogo, y un largo etcétera.
Desde esta perspectiva, la tecnología, en lugar de facilitar el cumplimiento de las obligaciones, ha perjudicado al ciudadano. La cita previa, en lugar de ser un beneficio, es un perjuicio. El COVID, en lugar de humanizarnos, ha conseguido lo contrario.
Se olvida que la mayoría de la información que la Administración tiene proviene de los propios contribuyentes. Parece que, una vez que la información se tiene, lo único que importa es pagar. Hemos olvidado que la colaboración fue la clave de la modernización de la Hacienda. Pero no hemos aprendido.
El problema, como les decía, no es el diseño del sistema tributario. Es su aplicación.
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Profesor de la UPF y socio Director de DS, Abogados y Consultores de Empresa