Opinión

Canal de denuncias, una nueva obligación para el 99% de las empresas españolas a partir del 1 de diciembre

    Una persona delante de un ordenador. iStock

    Rafael Sánchez, socio de Compliance y Clara Camps, abogada del departamento de Compliance de Fieldfisher

    Según datos del año 2022, facilitados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en España hay más de 3 millones de empresas, pero solo un 0,1% de ellas tienen la consideración de grandes compañías. Esto significa que el 99,9% del tejido empresarial español está constituido por pequeñas y medianas empresas, es decir, por empresas con menos de 250 trabajadores.

    Estos datos no solo son interesantes para conocer cuál es la tipología por tamaño de las empresas en España, sino que también son porcentajes relevantes a efectos de la nueva Ley 2/2023 y la obligación que se establece en ella, a partir del próximo 1 de diciembre, para que las empresas que cuenten entre 50 y 249 trabajadores implanten correctamente con un Canal de denuncias en el seno de su organización.

    Hasta ahora, solo aquellas empresas multinacionales -la mayoría, con matriz extranjera- o aquellas otras que, por cultura interna, habían decidido incorporar, dentro de su normativa interna, determinados estándares éticos, políticas, procedimientos y protocolos de Compliance, disponían de un Canal ético o de denuncias, aunque éste no fuera hasta ahora obligatorio.

    Cambio de paradigma

    La exigencia que introduce esta nueva ley supone un cambio disruptivo para las pequeñas y, sobre todo, medianas empresas, no solo por el deber de contar con un propio canal de denuncia, sino porque este canal deberá permitir su uso, no solo a empleados, sino también a terceros ajenos a la organización, tales como cliente, proveedores y/o la propia competencia.

    Así pues, a partir del próximo 1 de diciembre, las empresas obligadas a tener un canal de denuncias que no cuenten con él deberán hacer frente a multas de hasta 1.000.000 euros y a otras sanciones complementarias como, por ejemplo, la prohibición de obtener subvenciones durante un plazo de hasta cuatro años o la imposibilidad de contratar con el sector público durante un máximo de tres años.

    Ante este desafío, y a tan solo unas pocas semanas de la entrada en vigor de esta nueva normativa, son muchas las empresas con más de 50 empleados que se encuentran con la misma problemática a resolver, a saber, el difícil equilibrio entre cumplir con esta nueva obligación, pero adaptándose a sus propias particularidades.

    Ello no es tarea fácil, pues, en muchos casos, las compañías carecen de la estructura idónea para configurarlo y designar a un equipo responsable del mismo, o no cuentan con los recursos necesarios para cumplir con las exigencias legales y técnicas que establece la Ley 2/2023, más conocida como "Ley de Protección del Informante".

    Una cuestión para especialistas

    Algunos de los obstáculos más recurrentes que nos encontramos desde Fieldfisher y, en general, todos los profesionales que estamos acompañando a empresas y grupos empresariales en el diseño e implantación de este tipo de canales son aquellos que tienen que ver con la "procedimentalización" o "protocolización", así como con la falta de especialistas en la gestión de canales de denuncias en sus plantillas.

    La cultura familiar y/o los procedimientos internos personalizados no existen o están mucho menos reglamentados y oficializados en una gran parte de las PYMEs, lo que supone un factor antagonista a la filosofía de la nueva Ley 2/2023. Ésta, exige que todas las compañías cuenten con diferentes políticas y protocolos que establezcan los principios que regirán el Canal, que detallen el procedimiento a seguir cuando deba gestionarse una comunicación y, entre otros, el marco normativo para el uso, control e investigación de los dispositivos corporativos. Y toda esta normativa interna, por supuesto, deberá estar adaptada y adecuada a la realidad de cada organización.

    Las PYMEs son variadas y heterogéneas, no tienen un patrón único de organización ni de comportamiento. Esta diversidad requiere especialización, requiere contar con el asesoramiento de profesionales y expertos en la materia, buenos conocedores de la ley y de su correcta aplicación. Por tanto, es importante elegir bien, ya que un asesoramiento incorrecto y una aplicación insuficiente o errónea de la normativa puede situar a la empresa en el mismo punto de partida, pero con el agravante de haber incumplido lo establecido.