Opinión

¿Cómo afecta la nueva regulación europea para pensiones a las empresas españolas?



    ¿Cómo afectará la nueva regulación europea para pensiones a las empresas españolas? Si mencionamos la Directiva 2003/41/EC y su propuesta de modificación, llamada de forma genérica IORPII, posiblemente la mayoría de las empresas españolas desconocerán a qué materia se refiere, y más aún su contenido. Sin embargo, términos como plan de pensiones, armonización, gestión del riesgo, protección del consumidor o transparencia sí nos resultarán más familiares. Pues ni más ni menos, el nuevo proyecto de directiva comunitaria pivota en torno a estas coordenadas.

    Antes de entrar en la materia, un poco de historia para vislumbrar dónde estamos. A principios de 2011, la Comisión Europea solicitaba apoyo a la autoridad comunitaria competente en materia de pensiones de empleo y seguros para modernizar las actuales normativas en aras de la armonización y convergencia de las pensiones privadas europeas y la mejora de la gestión del riesgo y su supervisión. Con los comentarios recibidos, y la opinión de los actores del mercado de pensiones, la Comisión Europea lanzó el pasado mes de octubre un estudio de impactos cuantitativos más un cuestionario para analizar aspectos cualitativos de los planes de pensiones, y este es el punto donde nos encontramos ahora.

    No hay que obviar el hecho de que España, de forma voluntaria, no participa en este primer estudio de impactos. Sin embargo, y a pesar que la relevancia del mismo será mucho mayor en países que sí participan como el Reino Unido, Irlanda o los Países Bajos, tarde o temprano la nueva normativa nos afectará y debemos estar preparados; además, empresas españolas con filiales en aquellos países están inmersas ya en este proceso y no deberían desperdiciar la oportunidad de adelantarse a conocer el impacto económico y cualitativo.

    ¿Cuáles son entonces las principales consecuencias? En primer lugar, se pretende exigir a las pensiones privadas un régimen de gestión basado en el riesgo. Se pretende que la posición financiera del fondo de pensiones (y no olvidemos las EPSV) sea un reflejo de todas las obligaciones futuras y todos los activos para hacer frente a dichas obligaciones, a partir de la consideración de todos los riesgos inherentes y su análisis estocástico. A pesar de estar empezando esta fase de evaluación y cuantificación, se prevén resultados en abril del año próximo. Las primeras estimaciones reflejan que serán necesarias nuevas exigencias de capital para alcanzar el requisito mínimo de solvencia asociado a tales riesgos. Además, para llegar a esa conclusión, será necesaria la realización de nuevos y costosos cálculos por parte de las empresas, lo que implica mayores costes de administración en caso de gestión externa de los mismos, o consumo de tiempo y recursos internos.

    Este primer aspecto será relevante sólo para los planes de prestación definida, que son los que garantizan al empleado y exempleado retirado de la empresa el importe a percibir. Este tipo de planes no es ni mucho menos el predominante en la realidad española, los predominantes son los de la modalidad de aportación definida, los cuales implican un riesgo casi nulo para la empresa que hace las aportaciones. Así, tenemos que la mayor parte de planes existentes en España, no resultarían prácticamente afectados por el primer pilar de cambios, aquellos cuantitativos que conllevan un incremento de capital (aunque los pocos de prestación definida, sí, y mucho).

    A pesar de ello, sí que deberán adaptarse a los aspectos cualitativos de la norma, que podríamos resumir en mayor transparencia e información, así como la gestión de los riesgos operacionales y el seguimiento de un buen gobierno. No hay que perder de vista que la última reforma de pensiones de la Seguridad Social va en esa misma dirección, pues obliga a facilitar información sobre las pensiones futuras, tanto públicas como privadas.

    Corolario: o mucho cambian las cosas o veremos un cambio más acusado todavía de prestación a aportación definida o a fórmulas híbridas, así como una mayor profesionalización e interés por la estrategia y seguimiento del plan dentro de la empresa que lo promueve.

    Como contraste a todo lo anterior, existen algunas claras ventajas para la empresa: uno de los objetivos primordiales es la armonización entre los diferentes países, lo que redundará en una mayor comparabilidad de los sistemas de pensiones de empleo, y, por lo tanto, en un mejor entendimiento de este aspecto ante una futura adquisición; también ayudará a este fin la mayor cantidad y transparencia de información a revelar; el hecho de tener unos mayores requisitos de control generará más confianza en este tipo de instrumentos a todos los niveles; y, además, se facilitará la movilidad de trabajadores puesto que uno de los objetivos de la nueva directiva es incrementar la actividad transfronteriza de los fondos y facilitar la portabilidad de fondos de un país a otro.

    Jaume Jardon, gerente del área de previsión social de Deloitte.