Opinión

La ley de emprendedores y la financiación



    En las últimas semanas se ha abierto el debate sobre la nueva Ley de Emprendedores con la que, fundamentalmente, se intentará frenar la sangría de parados que sufre nuestro país a través de incentivos y mecanismos que promuevan la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales. Si analizamos las recientes leyes y proyectos de ley de emprendedores que ya se han implantado o en ciernes en Castilla-La Mancha o Valencia, podemos comprobar que la mayor parte de las medidas anunciadas van dirigidas a la fiscalidad, a través de la exención de determinadas tasas, y a la eliminación de trámites administrativos. Asimismo, se establecen ayudas directas para los desempleados que quieran convertirse en autónomos. Sin embargo, las medidas para favorecer el crédito no han tomado en cuenta todas las herramientas financieras para que el emprendedor pueda acceder al mismo.

    Igualmente ocurre con lo que se anticipa de la nueva Ley del Emprendedor del Gobierno que, al igual que sus homólogas autonómicas, va a traer menos burocracia, incentivos fiscales, apoyo a la internacionalización y facilidades para obtener financiación. Respecto a esto último, se mencionan apoyos para los business angels, mejora de los microcréditos a través de Enisa (Empresa Nacional de Innovación) y otras formas de financiación como los fondos de capital semilla. Se observan algunas carencias, porque lo primero que tenemos que plantearnos es cómo se debe financiar el emprendimiento.

    Existen dos alternativas: recursos propios y recursos ajenos. En el caso de nuevas empresas de carácter innovador, que llevan aparejado un mayor elemento de riesgo, el desarrollo de formulas como business angels o capital semilla, que invierten en el capital de las empresas, es lo adecuado, porque los proyectos arriesgados tienen también una expectativa de elevados beneficios. Sin embargo, habría que plantearse si la financiación de proyectos innovadores con recursos ajenos puede suponer un elevado coste debido al riesgo que asumen las entidades de crédito en este tipo de operaciones. Sería conveniente también el desarrollo de segundos mercados bursátiles, asignatura pendiente en nuestro país, imprescindible para que el inversor pueda hacer líquida su inversión, cuando la empresa haya alcanzado un cierto desarrollo.

    En materia del acceso al crédito sólo se mencionan los microcréditos a través de Enisa, cuyo origen se limitaba a los préstamos participativos con financiación directa de hasta 25.000 euros y sin presencia geográfica en todo el territorio. La principal característica del crédito al emprendimiento debe ser el largo plazo, ya que se trata de financiar inversiones con un plazo dilatado de amortización. Una de las fórmulas de financiación no sólo de emprendedores sino de pymes que tenemos son las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR). Se trata de entidades financieras constituidas como verdadero ejemplo de colaboración público-privada en las que participan los empresarios, las comunidades autónomas y las propias entidades de crédito, que conceden financiación gracias a su aval. No tiene sentido que, si de verdad estamos buscando que se solucione el problema del acceso al crédito para el emprendedor, no se haga referencia al papel que en este escenario pueden jugar y ya están jugando estas sociedades. A su implantación nacional se suma su especialización con pymes y autónomos y, muy especialmente, emprendedores. Además, se añaden sus relaciones con las entidades de crédito, con las que mantienen convenios de colaboración. En definitiva, el mayor riesgo conlleva unas mayores garantías, y, por lo tanto, las entidades de crédito no están dispuestas a conceder financiación si no es con una garantía o aval que sustente la operación del emprendedor. Si esto no fuera poco, en caso de conceder la financiación, ésta no es en las condiciones adecuadas de coste y plazo si no cuenta, precisamente, con el aval de una SGR.

    La nueva Ley de Emprendedores debería introducir medidas que propicien una instrumentación de las Sociedades de Garantía Recíproca en beneficio último del emprendedor y de las pymes en general. Para ello, el papel de la Dirección General de Pymes y del propio ICO es fundamental. Las medidas fiscales, administrativas y las que se han tomado para abrir el crédito van a ser positivas pero la experiencia demuestra que las SGR sabemos, podemos y debemos jugar un papel mucho más importante en el sistema financiero y en lo que al emprendedor se refiere. Los propios datos, nunca mejor dicho, nos avalan.

    Juan Manuel Santos Suárez, presidente de Avalmadrid SGR.