Opinión

Rocío Gallego Losada: No pesan los años: jubilarse a los 67



    Tras una semana de reuniones de la comisión del Pacto de Toledo, a día de hoy aún no se ha conseguido llegar a un acuerdo sobre la edad de jubilación y las condiciones de flexibilización anunciadas por nuestro presidente: 65 ó 67 años e indefinición respecto a flexibilizar por colectivos, hacerlo por largas carreras o por cualquier otro criterio que se establezca.

    Sin duda, la reforma del sistema de pensiones públicas no ha llegado a buen puerto en su punto más conflictivo.

    Las diferentes posturas políticas de la comisión del Pacto de Toledo se han definido a lo largo de estos días, aunque contrariamente a la posición ideológica de cada partido mayoritario. Unos, los socialistas, forzados por Angela Merkel, defienden, a su pesar, el aumento de la edad de jubilación. No tienen margen de maniobra.

    Otros, los populares, juegan a la contra y tratan de aprovechar el tremendo coste social que supone afrontar esta impopular reforma.

    El consenso del Pacto deToledo, que desde el año 1995 ha mantenido un acuerdo sin fisuras entre todos los grupos parlamentarios que lo conforman respecto a las recomendaciones a tomar sobre pensiones, ha llegado a su fin.

    Quizá sea un buen momento para despolitizar este asunto, vital para la sociedad, y de involucrar a todos los agentes sociales, expertos incluidos, en la responsabilidad de configurar un modelo viable y sostenible de pensiones para una sociedad presente y futura, sin duda diferente a la de hace veinte años,más envejecida y exigente con sus derechos devengados y que no quiere ver recortados derechos sociales.

    Que será a los 67 años parece que no tiene vuelta atrás. Y Zapatero sabe que tendrá que apoyarse de nuevo en los votos de los nacionalistas para sacarlo adelante. Que el coste será alto tampoco sorprenderá, consecuencia de un sistema electoral cautivo de tales minorías.

    Lo de la flexibilidad anunciada por el presidente del Gobierno ya lo comprobaremos cuando se concrete el texto para que lo apruebe el Congreso. Pero téngase en cuenta que excepciones y privilegios son difíciles de explicar, más aún si los propios parlamentarios y senadores disfrutan de unas condiciones excepcionales para disfrutar de sus pensiones doradas y, sobre todo, cuando para una gran mayoría de generaciones presentes y futuras de trabajadores este recorte de derechos sociales significará pensiones más reducidas y difíciles de alcanzar.

    La revisión de la edad legal de jubilación es consecuencia de los enormes déficits potenciales que se pueden generar dentro de 15 ó 20 años por el envejecimiento de la sociedad europea.

    Ello lo convierte, sin duda, en uno de los mayores retos al que se enfrentan las sociedades occidentales en este siglo.

    Que se haga ahora es consecuencia de otros déficits, los generados por el tremendoimpacto de la crisis financiera de estos últimos años.

    Así, la Comisión Europea ha propuesto a los 27 países de la UE que aumenten la edad legal de jubilación teniendo encuenta el criterio de que no más de un tercio de la vida adulta se pueda vivir como jubilado.

    Se plantea, por tanto, la hipótesis de que vivir más significará, a todos los efectos, trabajar más años.

    Como señala el reciente informede la OCDE sobre España, con este enfoque se pretende que la edad de jubilación se extienda automáticamente en función de la esperanza de vida.

    Sin embargo, esta medida parece contradecirse con la realidad laboral. La UE destaca que la edad legal de jubilación es superior a la edad media efectiva de retiro en gran parte de los países europeos, donde las empresas a menudo prejubilan a sus trabajadores más veteranos.

    Aunque en los últimos años ha disminuido la divergencia entre edad legal y edad real de jubilación, la realidad es que muchas empresas siguen dando salida a los trabajadores con más edad, con más derechos y, por tanto, más costosos, antes de llegar a los 65 años.

    Este efecto expulsión perjudica los derechos devengados sobre la jubilación, reduciendo la prestación a recibir por cada año restante hasta los 65.

    Además, la discriminación por edad desempeña un papel fundamental en la exclusión de los empleados veteranos de las ofertas de trabajo, lo que pone en entredicho la recomendación de la OCDE sobre la eliminación progresiva de las prestaciones en forma de subsidio que se pagan a los parados de mayor edad una vez han agotado la prestación contributiva, en principio y al menos hasta que el mercado laboral no acepte a estos trabajadores.

    Parece, por tanto, de justicia que aquellos trabajadores con largas carreras laborables, de 36 a 40 años, tramo señalado por el ministro de Trabajo, no tengan que someterse a edades arbitrarias para poder acceder a la jubilación y, por tanto, a su pensión devengada con todos los derechos adquiridos.

    Esto debería obligar a revisar dos conceptos que generan mucha confusión y que en ciertos casos penalizan a trabajadores que con largas carreras quedan fuera del mercado de trabajo en sus últimos años laborales.

    Uno, ambiguo, la prejubilación, que es inexistente como figura jurídica para la Seguridad Social pero desgraciadamente muy utilizada en estos días por las fusiones frías de cajas de ahorros; y otro, la jubilación anticipada, una situación a la que llegan muchos prejubilados.

    En la tesis de reducir el importe de las prestaciones en relación con las contribuciones, se plantea, además, el aumento del periodo de cálculo de la pensión, que probablemente pase de los actuales 15 años a 20 (corto plazo) ó 25 (medio plazo) y que, posteriormente, en la próxima revisión, se tenga encuenta toda la vida laboral.

    Esta medida, sobre la que sí parece que se logrará un acuerdo con la mayoría de grupos, beneficiará a aquellos trabajadores que hayan salido delmercado laboral en los últimosaños de su carrera y será neutra para aquellos otros con carreras y salarios más uniformes a lo largo de su vida profesional.

    Sin embargo, para aquellos trabajadores que acumulan sus mayores sueldos, y por tanto cotizaciones, en los últimos años de vida laboral, la cuantía de sus pensiones se reducirá.

    Ya ocurrió a partir del año 1985, cuando se pasó de 8 a 15 años, cayendo la pensión media un 8 por ciento.

    Que este debate y estas medidas planteadas sean suficientes para garantizar las pensiones públicas futuras es la gran incógnita. Quizá hubiera sido más apropiado, y también valiente, cuestionarse si el modelo actual, parcheado con estas propuestas parciales, es sostenible dentro de 20 ó 30 años, sobre todo cuando muchas de las medidas que se están proponiendo pretenden, en definitiva, vincular cada vez más lo aportado (cotización) con lo recibido (prestación).

    Quizá otras propuestas diferentes, ya sean los modelos de capitalización, los modelos mixtos como el sueco, o la financiación vía impuestos de todas las pensiones,debieran tenerse encuenta, al menos en la mesa de negociación, para establecer en los próximos años un modelo de pensiones justo y asumible.

    Rocío Gallego Losada. Profesora titular de la Universidad Rey Juan Carlos.