Opinión

Lo gratis en Internet, diferencias entre la apariencia y la realidad


    Alberto Horcajo

    En los primeros años de Internet, hace cerca de dos décadas, se tenía la impresión de que los negocios en la Red eran gratuitos. Bastaba conectarse, buscar y se obtenía lo que se perseguía, especialmente información, a cambio de nada. Los orígenes gubernamentales de la red de redes, la Arpanet norteamericana, y la proliferación de iniciativas sin ánimo de lucro para la difusión de información exenta de derechos de propiedad intelectual, como las llamadas "wikis" hacían pensar que si bien los usuarios tenían que costear su acceso a Internet, inicialmente con las líneas de ADSL, que prolongaron la vida de las redes de cobre domésticas que hasta entonces solo llevaban la voz, los creadores de las páginas web, que buscaban la notoriedad que ofrecía el nuevo medio, asumían el coste de originar, ordenar y presentar la información, para el uso y aprovechamiento de los internautas. Ya entonces se intuía que probablemente tras una etapa de 'puesta de largo', caracterizada por su extensión y adopción generalizada, para crear la masa crítica del lado de la oferta y el efecto comunidad del lado de la demanda, se podrían convertir en ingresos lo que se ponía al alcance del público, que además encontraba en su experiencia inicial de uso de las primeras plataformas de venta en línea de productos y servicios (librerías, agencias de viaje) múltiples ventajas de conveniencia, surtido y precio.

    Con el tiempo se ha visto que el modelo económico imperante en Internet no es la gratuidad si no la optimización de las contraprestaciones con fórmulas novedosas que han hecho del comercio electrónico un conjunto de prácticas adecuadas para la satisfacción recíproca de intereses mediante transacciones entre personas separadas entre sí. En efecto, según establecen la vigente directiva europea 2000/31 del Parlamento y del Consejo y la Ley 34/2002, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI), se entiende por servicio de la sociedad de la información (añado yo, en el ámbito de Internet), "todo servicio prestado normalmente a cambio de una remuneración, a distancia, por vía electrónica y a petición individual de un destinatario de servicios", esto es, a título oneroso.

    El modelo imperante en Internet no es la gratuidad, sino el comercio electrónico

    Como ha señalado el principal experto en Derecho de Internet de España, Moisés Barrio Andrés, "no significa que el propio destinatario (del servicio) deba pagar por él un precio monetario", siendo este frecuentemente sustituido por ingresos publicitarios derivados de la obtención de un historial de navegación que puede ser empleado con fines comerciales, la aportación voluntaria de datos personales o incluso en la obligación libremente asumida de no deshabilitar ciertas funcionalidades que facilitan la obtención y legitiman el uso de ciertas informaciones. Y como añade el insigne jurista, "los servicios aparentemente "gratuitos" (sin precio dinerario) son, en realidad, bastante onerosos", alcanzando la consideración de servicios en Internet a los supuestos no remunerados por el destinatario que no obstante constituyan "una actividad económica para el prestador del servicio", desembocando a menudo tras un período de prueba en modelos de suscripción o de intermediación de pago. En fin, cabría incluso plantear si podrían darse modelos de remuneración del usuario cuando se ofrece la posibilidad de acceder a servicios de mayor valor, ordinariamente de pago, en función de, interés comercial del proveedor, con las implicaciones tributarias que ahora no corresponde abordar.

    Tanto el hecho de que el servicio sea demandado a petición del destinatario como que se preste por vía electrónica permiten superar las limitaciones de las transacciones anónimas y sin registro, frecuentes en el comercio tradicional, en el que la identificación de la demanda potencial es susceptible de valoración económica, como viene demostrando el aprovechamiento cada vez más eficiente de las herramientas de venta directa.

    Se puede entender el éxito de las plataformas en función del valor que crean

    El paradigma del modelo de negocio en Internet son las "plataformas", cuyos atributos intuimos pero nos cuesta precisar. El diccionario de la RAE en su actualización de 2019 contiene una relación de definiciones referidas a objetos y lugares entre los que a mi juicio el que más se acomoda a nuestra idea de las plataformas de Internet es la de "bastidor o chasis (de un vehículo)", a la vez que incluye como nombre femenino en el ámbito de la informática al "entorno informático determinado, que utiliza sistemas compatibles entre sí", del que surge la idea de punto de encuentro, intermediación y transformación de datos de diferentes fuentes, prestando relevancia frente a terceros a la plataforma, convertida así en un mercado potencial y virtual de información asociada a bienes, servicios o contenidos. A partir de ahí se plantean diversas cuestiones, algunas ya resueltas, como la capacidad de las plataformas de realizar transaccio- nes sobre datos de terceros explícitas o implícitas, sujetas a una autorización genérica previa, la normativa y la jurisdicción a la que están sometidas y los tributos que les son aplicables, en clara similitud con el régimen de funcionamiento de cualquier empresa, pues eso son la mayoría de las plataformas, sean buscadores, redes sociales, de agregación y distribución de contenidos, con o sin ánimo de lucro, etc.

    Servicios relevantes

    Superada la noción de gratuidad como justificación de tales negocios se puede no obstante entender el éxito de las plataformas en razón del valor que crean, que manifiestamente excede sus propios costes, beneficiando a sus propietarios -a través de una capitalización bursátil en constante crecimiento- y los costes de los usuarios, explicando su éxito en términos de crecimiento, rentabilidad y satisfacción tanto de usuarios como de beneficiarios, los proveedores de la información en sus diversas representaciones. Por la relevancia en aumento de los servicios de la sociedad de la información en la vida de tantísimas personas y la confusión en torno a los primeros respecto a motivaciones, intereses y fines tal vez dignos de promoción, de supervisión e incluso de fiscalización por parte de los poderes públicos, el debate económico que sustenta la evolución de las leyes continúa abierto alrededor de la libertad de elección de los consumidores, de sus derechos a la intimidad personal y a la integridad y veracidad de las informaciones, en su tratamiento y aprovechamiento legítimo por terceros, en una pugna entre la protección de la intimidad, según la contemplan el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea de 2016 y la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales de 2018, por un lado, y la orientación a los datos compartidos (Open Data) que siquiera con fines de interés común permite anticipar un crecimiento notable de las operaciones de tratamiento de datos, a la zaga de la propia creación de los mismos.

    La personalización eficiente del acceso a las páginas web y a las aplicaciones asociadas ha permitido de manera cómoda y casi imperceptible para el usuario la creación de perfiles y la programación de contactos con un interés legítimo utilizando fórmulas de prestación del consentimiento innovadoras, pulsando una tecla o tocando una pantalla, de modo que el comercio al por menor en Internet en 2020, según Statista, supere los 2,07 trillones de euros y los usuarios excedan los 4,17 millones de personas. Quizás al presentar la gratuidad como el entorno básico o inicial de la relación virtual frente a las opciones de pago, que tienen beneficios propios, como el acceso a informaciones o catálogos de bienes o servicios más amplios o la exención de publicidad, cree la sensación de que, en fin, en Internet existe lo gratis. Para infinidad de internautas ese será uno de los alicientes principales para recurrir a ese canal y satisfacer sus demandas y, como es patente por la imparable mayor frecuencia de uso, una aproximación acertada para quienes, por ofrecer el acceso, los servicios o los contenidos, basan su negocio en los datos en Internet.