El pasado jueves conocíamos a través de los principales medios de comunicación la sentencia del Tribunal Supremo por la que, modificando su jurisprudencia anterior y en particular la sentencia emitida el 28 de febrero de este mismo año, determinaba que son las entidades bancarias y no los clientes las que deben abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en las escrituras de préstamos con garantía hipotecaria. El impacto de la sentencia, sin duda mayúsculo, que acompañaba a otras ya conocidas en el pasado donde la banca era nuevamente protagonista -cláusulas suelo, preferentes, etc.- se hacía notar en los mercados financieros, donde las acciones de los principales bancos se colocaron rápidamente en rojo durante varias sesiones consecutivas. Posteriormente hemos conocido, tras varios dimes y diretes en el Tribunal Supremo, que será el próximo día 5 de noviembre -la gravedad y la velocidad no son atributos que empujen en la misma dirección- cuando el Alto Tribunal decida finalmente quién ha de abonar esos impuestos. Sin duda, una de las claves de esta postergada decisión será la retroactividad de la medida y ha sido este hecho, suponerlo, el que ha impactado notablemente en el precio de las acciones de las entidades financieras. Pero, realmente, ¿sabemos cuánto le puede costar a la ban-ca esta decisión del Tribunal Supremo? Hemos estimado, a partir de información pública, el impacto que la retroactividad de la medida podría tener en los balances de la banca y en sus cuentas de resultados. "Suponiendo además una garantía máxima hipotecaria media para el conjunto de las hipotecas concedidas en ese periodo del 130 por ciento -que es lo que grava realmente el impuesto- y los beneficios declarados por la banca correspondientes al pasado ejercicio 2017, podemos estimar que el impacto de la retroactividad de la medida supondría la nada despreciable cifra de 3.500 millones de euros, o lo que es lo mismo, algo más del 21 por ciento, de media, del beneficio neto declarado por la banca española el último año. Si bien el efecto medio ya es de por sí muy significativo, la alegría o, en este caso y de confirmarse finalmente la medida, la pena, va por barrios. El efecto en las dos entidades financieras más grandes de nuestro país, que acumulan más de un tercio del crédito hipotecario, es notablemente más reducido, alcanzando algo más del 10 por ciento de su beneficio neto de 2017. Por el contrario, el impacto en el resto de las entidades grandes, con alto volumen de crédito pero mayor peso de su negocio en España, asciende hasta los 1.300 millones de euros, lo que supone un 46 por ciento de su beneficio neto. Es en el grupo de las entidades más pequeñas, con menor volumen de activos y peor rentabilidad donde el efecto se dispara, alcanzando más del 72 por ciento del beneficio neto del ejercicio pasado, pudiendo superar en algunas de ellas el montante total de su beneficio atribuible. La banca española capitaliza actualmente en los mercados bursátiles cerca de 146.000 millones de euros, habiendo perdido en las últimas tres sesiones 2.600 millones de euros de valor, lo que supone un 2,4 por ciento de su capitalización total. El mercado, por lo tanto, ya ha descontado en términos netos el posible efecto de la próxima decisión del Tribunal Supremo que esperemos sea lo más pronto posible y teniendo en cuenta, además, que el AJD ha sido el instrumento que ha permitido las ejecuciones hipotecarias en los últimos años.