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Bankia, CFDs... Los nueve temas más relevantes sobre los que los inversores preguntan a la CNMV
- El 82% de los clientes que hizo operaciones con CFD sufrió pérdidas
Cristina García
Una de las múltiples funciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) es atender las consultas de los inversores sobre cuestiones de interés general en relación con los derechos de los usuarios de servicios financieros y los cauces legales para ejercerlos. Pues bien, en 2016, aunque se redujeron (y también el número de reclamaciones), el regulador publica ahora cuáles fueron los nueve temas más relevantes sobre los que los inversores pidieron asesoramiento.
1. Devoluciones en la salida a bolsa de Bankia
Entre las consultas que merecen mención especial para el regulador se encuentran las relacionadas con la decisión de Bankia de devolver las inversiones realizadas por accionistas minoritarios en su salida a bolsa. "Desde el departamento de inversores se informó (…) del colectivo de inversores que se verían beneficiados por el proceso iniciado por Bankia, quedando excluidos los inversores que adquirieron las acciones con posterioridad a su salida a bolsa y, por tanto, en el mercado secundario", indica la CNMV en la Memoria, a la vez que recuerda que no tiene atribuidas las competencias para emitir ningún tipo de pronunciamiento ni valoración sobre el contenido del acuerdo ofrecido por Bankia a sus clientes ni sobre la compensación económica que finalmente hayan podido recibir, "dado que ello se enmarca dentro del estricto ámbito privado y voluntario del acuerdo suscrito entre las partes".
2. Dudas con empresas de servicios de inversión chipriotas
"Al igual que en el año 2015, se atendieron dudas e incidencias relacionadas con empresas de servicios de inversión chipriotas inscritas en los registros oficiales de la CNMV en régimen de libre prestación de servicios (es decir, sin establecimiento permanente en España)", explican. Este año la CNMV emitió un comunicado en el que señalaba que la Cyprus Securities and Exchange Commission (CySEC), el regulador de los mercados financieros de Chipre, en respuesta a una petición suya, ha difundido una circular para que las entidades con domicilio en el país que comercialicen estos productos especulativos en España realicen las mismas advertencias y actuaciones que se requiere a las entidades registradas en España.
3. Consultas sobre opciones, CFDs y otros productos especulativos orientados al pequeño inversor
La comercialización de este tipo de productos entre minoristas es algo que preocupa a la CNMV desde hace tiempo. Ya en 2014 divulgó una advertencia sobre sus riesgos, recordando la alta probabilidad de incurrir en pérdidas con los CFDs, a la que se han ido sumando otras con posterioridad. "Los CFD, los productos forex y las opciones binarias y sus riesgos son difíciles de comprender para la mayor parte de los inversores minoristas. Además, de acuerdo con estudios realizados por la CNMV y por otros organismos supervisores de valores, la gran mayoría de los clientes minoristas que operan en estos productos pierde dinero", explican. Según los últimos datos de un estudio realizado por el regulador entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de septiembre de 2016, el 82% de los clientes que realizaron operaciones con CFD sufrieron pérdidas.
4. Modificación en el cálculo de las comisiones por traspaso de valores
La normativa dicta que las entidades deben establecer en el folleto de tarifas una de traspaso de valores nacionales o extranjeras, expresada en porcentaje sobre el importe de los valores traspasados, con la obligación de fijar un importe máximo y sin posibilidad de que limiten el mínimo.
5. Precios a los que compraron un determinado valor
Esta consulta viene motivada por el fin de declarar fiscalmente la venta de un valor cotizado. Sin embargo, desde el regulador recuerdan que la CNMV no tiene atribuida entre sus funciones la difusión de información sobre cotizaciones bursátiles.
6. Fecha límite de adquisición de acciones para tener derecho al cobro de dividendos
Las fechas a manejar para el cobro de un dividendo también han sido motivo de consulta recurrente. Antes de que en marzo de 2016 se introdujera una nueva normativa al respecto, como parte de la reforma del sistema de compensación, liquidación y registro, los inversores tenían derecho a cobrar el dividendo siempre que hubieran adquirido los valores hasta el día anterior de la fecha del pago. Sin embargo, desde abril de ese año, para tener derecho al cobro del dividendo era necesario haber adquirido los valores al menos tres días antes de la fecha de pago.
El resto
Otras de las consultas más relevantes versan sobre los requisitos necesarios para la constitución de plataformas de financiación participativa, fintech; así como peticiones de información pública relativa a sanciones impuestas por la CNMV o información sobre la comisión de administración y custodia en sociedades suspendidas o excluidas de cotización.