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BlaBlaCar dice que la sentencia concuerda con la idea de coche compartido en Europa



    Madrid, 3 feb (EFE).- Blablacar ha calificado hoy la sentencia de un juzgado de Madrid que desestima la demanda por competencia desleal interpuesta por la Confederación de Transporte por Autobús (Confebús) de "coherente" con la consideración que el coche compartido tiene en toda Europa.

    Los responsables de la plataforma de viajes en coche compartido han expresado en un comunicado que está "plenamente satisfecha" por la desestimación de la demanda y por el "fin definitivo de este largo proceso judicial", que empezó hace más de un año y medio.

    La defensa legal de Confebús, la patronal del transporte de viajeros por carretera, ha comentado a EFE que va a estudiar la sentencia junto con los responsables de la patronal para comunicar en breve plazo su opinión.

    El letrado ha recalcado que "aún es pronto" para saber si Confebús recurrirá la sentencia, para lo que se abre un plazo de 20 días desde que reciba oficialmente la comunicación del fallo.

    Blablacar ha puntualizado que la sentencia "supone la confirmación categórica" de que su actividad es propia de una red social que pone en contacto a usuarios que quieren compartir los gastos inherentes a un viaje en coche sin ánimo de lucro, no de una empresa de transporte.

    En la sentencia, conocida hoy, se asegura que "salvo desviaciones excepcionales", BlaBlaCar sólo pone en contacto a particulares "con más o menos requisitos, con un control de pagos, con una crítica de las personas intervinientes sobre retrasos y sobre la calidad de otros servicios", lo que no entra en competencia con el sector del autobús.

    La patronal Confebús presentó en mayo de 2015 una demanda al considerar que la empresa de economía colaborativa, operativa en España desde 2010, actuaba como intermediaria de un servicio de transporte profesional sin licencia, lo que según la asociación había contribuido a la caída del tráfico en autobús, estimada en un 20 %.