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Economía/Fiscal.-El TUE defiende el derecho de las empresas a tener filiales en países con regímenes fiscales favorables



    BRUSELAS, 12 (EUROPA PRESS)

    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) reconoció hoy el derecho de las empresas a tener filiales en Estados miembros con regímenes fiscales más favorables que el país de la empresa matriz y no considera que ello sea abusar del derecho de establecimiento

    En una sentencia emitida hoy, el TUE recuerda que las sociedades no pueden invocar las normas comunitarias de forma abusiva o fraudulenta. Sin embargo, el hecho de que una sociedad se haya constituido en un Estado miembro para beneficiarse de una legislación más favorable no es, por sí sola, suficiente para llegar a la conclusión de que existe un uso abusivo de la libertad de establecimiento.

    La Comisión Europea puso de relieve la transcendencia de la decisión del TUE y admitió ser "consciente" del problema derivado de la diversidad de regímenes fiscales, por lo que defendió una mayor coordinación a nivel europeo para tener la seguridad de que son compatibles con el reglamento comunitario.

    Según adelantó la portavoz de Mercado Interior del Ejecutivo comunitario, Maria Assimakopoulou, aunque los Estados miembros tienen "algunas dificultades" para aceptar la posición de la Comisión, a la vista de la proliferación de casos que llegan al Tribunal de Luxemburgo, la Comisión está preparando una propuesta para evitar tanto la doble imposición como las restricciones a la libertad de establecimiento.

    La resolución del Tribunal tiene su origen en un recurso interpuesto por Cadbury Schweppes contra la legislación británica que obliga a las empresas residentes en el Reino Unido a tributar con arreglo al tipo impositivo británico por los beneficios de sus filiales en el extranjero cuando el tipo impositivo aplicado sea inferior a tres cuartas parte del aplicado en Reino Unido.

    Con arreglo a la legislación fiscal del Reino Unido, los beneficios de una sociedad extranjera propiedad en más del 50 % de una sociedad residente en el Reino Unido, denominada sociedad extranjera controlada o SEC, se atribuyen a la sociedad residente y ésta tributa por ellos, cuando el tipo impositivo aplicado sea inferior a tres cuartas partes del tipo aplicado en el Reino Unido. La sociedad residente recibe un crédito fiscal por el impuesto pagado por la SEC.

    Este sistema tiene como efecto obligar a la sociedad residente a pagar la diferencia entre el impuesto abonado en el país extranjero y el impuesto que hubiera debido abonar si la sociedad hubiese residido en el Reino Unido.

    En virtud de esta legislación a Cadbury Schweppes que tiene dos filiales en Irlanda la autoridad fiscal del Reino Unido le reclamó en el año 2000 más de ocho millones de libras esterlinas en concepto del impuesto de sociedades por los beneficios obtenidos en 1996. No obstante, el Tribunal de Justicia de la UE señala que la legislación británica establece una diferencia de trato de las sociedades residentes en función del nivel de tributación de la sociedad que controlan.

    Esta diferencia de trato crea, según el TUE, una "desventaja fiscal" para la sociedad residente a la que es aplicable la legislación británica que constituye, pues, una restricción a la libertad de establecimiento en el sentido del derecho comunitario.