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Economía/Energía.- El Gobierno multa a la central nuclear de Vandellós II con 1,6 millones por el incidente de 2004



    MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

    El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha resuelto imponer a la central nuclear de Vandellós II (Tarragona) una multa de 1.600.000 euros, como penalización por la comisión por parte de la central de tres infracciones graves relativas al incidente ocurrido el 25 de agosto de 2004 en su Sistema de Agua de Servicios Esenciales. Esta sanción es más alta imputada en nuestro país a una instalación de este tipo.

    El Ministerio ha decidido imponer una "severa sanción" a la vista de la gravedad" de los incidentes ocurridos en las instalaciones de la central hace dos años, "porque la seguridad de las centrales nucleares es un tema prioritario", informó hoy en un comunicado el propio Departamento.

    Tales sucesos motivaron la propuesta de apertura de un expediente sancionador por parte del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) por tres incumplimientos calificados como infracciones graves tipificadas en la Ley 25/1964, sobre Energía Nuclear, en la redacción dada por la Disposición adicional quinta de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico. La sanción máxima que le puede corresponder a una infracción grave es de 601.012,10 euros.

    Tras valorarse las circunstancias que se establecen en el artículo 92 de la referida Ley 25/1964, en relación con la calificación de estas infracciones, en la Orden firmada por el ministro José Montilla por la que resuelve este expediente sancionador se imponen tres sanciones.

    Una sanción es de 525.000 euros, por el incumplimiento de los términos y condiciones de la autorización o documentos oficiales de explotación (artículo 91.b).1 de la Ley 25/1964). La segunda multa es de otros 525.000 euros, por la omisión de las medidas correctoras necesarias para el cumplimiento de los preceptos legales o de los términos y condiciones de las autorizaciones, así como la inaplicación de las medidas técnicas o administrativas que con carácter general o particular pudieran imponerse a una actividad (artículo 91.b).2 de la Ley 25/1964).

    Y la tercera sanción es de 550.000 euros, por la falta de comunicación al Consejo de Seguridad Nuclear de los incumplimientos temporales de los términos y condiciones de aquélla, y la ocultación de información al Consejo de Seguridad Nuclear. (artículo 91.b).4. y 6 de la Ley 25/1964).

    LOS INCIDENTES DE AGOSTO DEL 2004

    Las centrales nucleares tienen diversos sistemas destinados a la refrigeración de sus equipos y componentes. Uno de ellos es el Sistema de Servicios Esenciales, que toma agua del mar y tiene como misión refrigerar una serie de componentes que, a su vez, se encargan finalmente de refrigerar el núcleo del reactor, tanto cuando la central está funcionando, como en caso de emergencia.


    En la mañana del 25 de agosto de 2004, se produjo la rotura del cuello de una boca de hombre de en uno de los dos trenes redundantes (cada uno tiene una capacidad del 100%) de este Sistema de Servicios Esenciales.

    De acuerdo con la información facilitada por el titular en su día por el Consejo de Seguridad Nuclear, este incidente "no tuvo ninguna consecuencia para los trabajadores, la población o el medio ambiente, si bien supuso una reducción de los márgenes de seguridad requeridos para el funcionamiento de la central", señala el Ministerio.

    La central nuclear de Vandellós II entró en servicio en 1987, tiene una potencia de 1.087 MW, y es propiedad de Endesa Generación (72%) e Iberdrola Generación (28%). Está localizada en la población tarraconense de Vandellós i L'Hospitalet del Infant.