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Sentencia TS no ve delito en impago Hacienda sino en ocultación
Madrid, 11 jul (EFECOM).- Una sentencia del Tribunal Supremo señala que el impago a Hacienda por parte de una sociedad no implica en sí mismo un delito, ya que éste sólo se produce cuando se ocultan intencionadamente datos para evitar el pago, como los referentes a bases tributarias o a beneficios y deducciones inexistentes.
La sentencia, dictada por la Sala de lo Penal del Alto Tribunal, absuelve al acusado, responsable financiero de una sociedad dedicada a actividades docentes, que había sido condenado por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Madrid por tres delitos contra la Hacienda Pública y un delito continuado de apropiación indebida.
El Tribunal Supremo desestima el recurso de la acusación particular, que representaba al otro socio de esta empresa -que según la sentencia sólo se dedicaba a la actividad docente- y acepta, aunque sólo en parte, los recursos de la abogacía del Estado y del acusado.
La sentencia acepta la teoría del Ministerio Fiscal, según la cual, para que se produzca un delito contra la hacienda pública "no basta el mero impago de las cuotas" que el acusado cometió en los ejercicios de 1993, 1994 y 1995, sino que requiere además un "elemento de mendacidad", es decir, un hábito intencionado de engañar al fisco.
Por eso entiende que la responsabilidad final "surge no tanto del impago como de la ocultación de bases tributarias o la ficción de beneficios fiscales o gastos deducibles inexistentes".
En este sentido, el acusado había sido condenado por incluir gastos no deducibles fiscalmente, por servicios de limpieza y mantenimiento, aunque el tribunal entiende que éstos se presentaron "sin disimular" y "sin tratar de esconder" la relación entre la empresa denunciada y la que prestó estos servicios.
Así, la sentencia subraya que aunque "subsisten" los delitos contra la Hacienda Pública, han de reducirse las multas inicialmente puestas, pues "sólo es delictiva la elusión del pago de tributos alcanzada a través de medios engañosos".EFECOM
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