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Caja Madrid: sentencia Supremo no valora su actuación
Madrid, 4 jul (EFECOM).- Caja Madrid consideró hoy que la sentencia del Tribunal Supremo que obliga a los órganos de la competencia a abrirle un expediente por obligar a sus clientes a suscribir sus pólizas de vida para concederles una hipoteca es sólo "una resolución formal, que no entra en el fondo del asunto".
Fuentes de Caja Madrid señalaron a EFE que el Tribunal Supremo ha notificado esta tarde a la entidad financiera la sentencia del pasado 20 de junio que desestima el recurso que había interpuesto ante dicha instancia por una resolución de la Audiencia Nacional.
Según apunta la entidad presidida por Miguel Blesa, la Audiencia Nacional revocó la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) de archivar un expediente a Caja Madrid "sin prejuzgar el fondo" de la actuación de la entidad financiera respecto a sus clientes.
"El efecto práctico es que el Servicio de Defensa de la Competencia reabrirá el expediente para practicar cuantas diligencias estime oportunas", añade la segunda caja española.
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en una sentencia conocida hoy, considera que "no ha lugar" al recurso de casación presentado por la entidad financiera contra la decisión de la Audiencia Nacional de obligar a los órganos de la competencia a reabrirle un expediente.
En ese recurso, la entidad había insistido en la falta de justificación de la decisión de la Audiencia y la ausencia de legitimación de la asociación de consumidores Ausbanc para recurrir ante ese tribunal la resolución del TDC. EFECOM
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