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Nueva regulación acústica del aeropuerto de Barajas
La nueva regulación equilibra el derecho de los ciudadanos a disfrutar de un entorno medioambiental "adecuado" y la necesidad de disponer de infraestructuras de transporte que garanticen el desarrollo de la economía y las posibilidades del libre desplazamiento de las personas.
Las zonas de servidumbre acústica (áreas en las que las inmisiones podrán superar los objetivos de calidad acústica aceptable) están destinadas a conseguir la compatibilidad del funcionamiento de las infraestructuras de transporte con los usos del suelo, actividades, instalaciones o edificaciones implantadas.
Para elaborar las de Madrid-Barajas, AENA elaboró la propuesta de delimitación de servidumbres acústicas y los planes de acción asociados, que se sometieron a información pública y respecto a las que se dio trámite de audiencia a las Administraciones implicadas.
Después se crearon dos comisiones mixtas que acordaron por unanimidad informar a favor de la propuesta de delimitación de servidumbres acústicas y de los planes de acción asociados.
La Ley de 17 de marzo de 2010 dota de protección jurídica a los núcleos urbanos que se encuentran situados en el entorno de los aeropuertos competencia del Estado y que resultan afectados por el impacto acústico producido por el sobrevuelo de las aeronaves.