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Economía/Transportes.- El Gobierno aprueba un nuevo régimen para líneas regulares de cabotaje
MADRID, 16 (EUROPA PRESS)
El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público.
Con esta normativa, la administración marítima española culmina así un largo proceso de negociación con la Comisión Europea y, posteriormente, con los agentes sociales.
El Real Decreto parte del Reglamento de la Unión Europea de 1992 en materia de la libre prestación de servicios de transporte marítimo aplicado al cabotaje, el que se realiza entre los puertos españoles.
Así, la nueva norma regula la navegación de cabotaje y las navegaciones de interés público, desarrollando los criterios de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Entre las principales características destacan el hecho de que establece requisitos objetivos de acceso al mercado para las empresas que deseen realizar líneas regulares de cabotaje marítimo.
Asimismo, distingue entre cabotaje peninsular e insular, al que se le piden mayores exigencias en torno a la disponibilidad del buque.
También delimita las navegaciones de interés público. Sólo afectarán a las líneas regulares de cabotaje insular que transporten pasaje, vehículos en régimen de pasaje y carga rodada entre determinados destinos que figuran en el Real Decreto, mientras que el anterior establecía que todas las líneas regulares de cabotaje insular eran de interés público.
La nueva normativa determina que las navegaciones de interés público se prestarán bajo obligaciones de servicio público o en régimen de contrato administrativo.
De igual forma fija los trayectos de navegaciones de interés público a los que se les imponen estas obligaciones en materia de frecuencia y tiempo mínimo de prestación, concreta criterios para el establecimiento de una garantía económica que sirva para acreditar la capacidad de prestación del servicio, y regula las navegaciones de interés público bajo la modalidad de contrato administrativo especial.
El Ejecutivo recordó que para adoptar el régimen establecido por el reglamento comunitario de 1992, el Gobierno aprobó en 1997 un Real Decreto que fue objeto de un procedimiento de infracción abierto contra España por la Comisión Europea, al tiempo que era impugnado ante el Tribunal Supremo español por entender que su regulación era contraria al derecho comunitario.
El Tribunal Supremo, recibida la sentencia prejudicial en contra del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, dictó sentencia en la que anulaba el principal artículo del Real Decreto hasta ahora vigente, que establecía que todas las líneas regulares de cabotaje insular eran de interés público, lo que fue cuestionado frontalmente por la Comisión Europea.