Bolsa, mercados y cotizaciones
Gobierno estudia ley obliga ofrecer clientes información financiera adecuada
Madrid, 22 jun (EFECOM).- El Consejo de Ministros estudió hoy un anteproyecto de ley sobre los mercados de instrumentos financieros (Mifid), que obligará a las empresas de servicios de inversión (ESIS) a ofrecer "la información necesaria" para que el cliente "comprenda la naturaleza y riesgos del servicio que se le ofrece".
El vicepresidente segundo y ministro de Economía, Pedro Solbes, presentó un informe sobre el anteproyecto de ley que modifica la Ley del Mercado de Valores (LMV), para transponer varias relativas comunitarias relativas a estas empresas, fomentar la integración de los mercados financieros de la UE, reforzar la protección al inversor y ampliar la lista de productos financieros y servicios de inversión.
"Es necesario adaptar las bolsas a los nuevos tiempos", dijo la vicepresidenta del Gobierno, Teresa Fernández de la Vega, para quien esta normativa "aumentará la red de seguridad en torno al inversión", puesto que, en los últimos años, "ha aumentado el número de transacciones, los productos son más complejos y crece el número de inversores que intentan extraer, legítimamente, la máxima rentabilidad de ahorros".
La nueva ley considera, además, "modernizar los mercados financieros para adaptarlos a las nuevas necesidades de inversión y de operatividad", además de nuevas normas sobre "solvencia y funcionamiento interno" de las Empresas de Servicios de Inversión.
Asimismo, "se mejora la potestad supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y se potencia la cooperación transfronteriza entre supervisores", que habrán de designar "una sola autoridad competente".
En cuanto a la protección a los inversores, según el Gobierno, las empresas están obligadas a tener "un registro de contratos", establecer una categoría de clientes y disponer de "procedimientos que aseguren la ejecución puntual, justa y rápida de las órdenes de los clientes".
Respecto a la gestión y ejecución de órdenes, cuando se trate de clientes minoristas, las empresas habrán de identificar "la ejecución óptima" para el inversor con "aquella que consiga el mejor precio, descontados los costes y las comisiones de ejecución", excepto que existan órdenes en contra del cliente.
Esta normativa prevé, por otro lado, la creación de una nueva clase de empresas de servicios de inversión (ESIS) que, a diferencia de las actuales (sociedad de valores, agencia de valores y sociedades gestores de carteras), podrán tener un administrador único y no tendrán que constituirse obligatoriamente en sociedades anónimas.
La ley amplía el número de sistemas para la ejecución de operaciones sobre instrumentos financieros. A los mercados regulados o secundarios oficiales se les suman los sistemas de negociación multilateral (SMN, Sistemas Organizados de Negociación) y los sistemas de internalización.
Por último, el Anteproyecto de Ley también obliga a las empresas de servicios de inversión a divulgar en el mercado información sobre los aspectos clave de su perfil de negocio, exposición al riesgo y formas de gestión del riesgo.
Esta información irá contenida en un documento denominado "información sobre solvencia" que tendrá, al menos, una periodicidad anual y será conocida como "disciplina de mercado", "ya que se pretende que la divulgación al público y la presión de la competencia alienten la adopción de mejores prácticas y aumenten la confianza del inversor".
Además, se les exigirá llevar un registro de todas las operaciones que realicen, para "la mejor supervisión por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores". EFECOM
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