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La nueva Ley Concursal permitirá blindar operaciones de empresas en dificultades



    Madrid, 1 dic (EFE).- La próxima reforma de la Ley Concursal, la que se aplica a las empresas y personas insolventes, regulará las operaciones que pueden realizar las compañías en dificultades para dar garantías y seguridad jurídica a los inversores, que se blindarán así en caso de que se declare un concurso de acreedores.

    Ésta es una de las principales líneas de actuación del grupo de expertos que se ha creado en el seno del Ministerio de Justicia para elaborar la reforma la Ley Concursal, que en principio está previsto que se eleve al Consejo de Ministros para su aprobación antes del próximo verano.

    En una entrevista con Efe, el secretario general técnico del Ministerio de Justicia, Santiago Hurtado, explicó que la nueva normativa busca profundizar en la regulación de las "situaciones preconcursales" más allá de las refinanciaciones de deuda, que se introdujeron en la Ley Concursal con los cambios aprobados en marzo.

    Entonces, el Gobierno estableció una serie de requisitos para que los acuerdos adoptados entre una empresa y sus acreedores -por ejemplo, entidades financieras- no pudieran ser anulados si la sociedad finalmente se declaraba en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos).

    Según Hurtado, el objetivo de la reforma también es reducir los costes y los plazos de tramitación de los concursos, lo que a su vez busca rebajar la carga de trabajo en los juzgados mercantiles, que tramitan este tipo de procesos.

    En este sentido, el grupo de trabajo, integrado por 19 expertos, tiene intención de dotar de mayor profesionalización y mayor responsabilidad a los administradores concursales (los que nombran los juzgados mercantiles para gestionar o supervisar empresas insolventes), de forma que adopten aquellas decisiones de menor relevancia.

    "La idea es que tengan un mayor peso como colaboradores para desjudicializar el proceso y liberar carga de trabajo administrativo a los jueces para que puedan tomar sus decisiones", declaró Hurtado.

    Para reducir los plazos se prevén pequeños ajustes adicionales para que el concurso tome cuanto antes una decisión sobre si es necesario liquidar toda la compañía o sólo algunos activos, o bien es necesario promover un plan de pagos y viabilidad (convenio de acreedores), que facilite la supervivencia de la empresa.

    Además, algunos sectores piden que los importes que los acreedores reclaman a las empresas insolventes se comuniquen directamente a los administradores concursales y no directamente al juzgado, como se hace actualmente.

    Todavía quedan por perfilar los cambios que introducirá el nuevo texto en materia laboral, ya que los expertos siguen analizando estos aspectos, que posteriormente se tendrán que discutir con otros ministerios.

    Lo mismo ocurre con el sobreendeudamiento de particulares, donde las opciones están todavía "muy abiertas", ya que se están analizando los diferentes modelos existentes a nivel europeo.

    Además de Hurtado, en la Sección Especial de la Comisión de Codificación Mercantil para la reforma de la Ley Concursal figuran desde miembros de la administración del Estado hasta catedráticos de Derecho Mercantil de la talla de Manuel Olivencia, Juana Pulgar, Ángel Rojo, Alberto Díaz Moreno y Esperanza Gallego.

    También están presentes varios representantes de la judicatura y de colectivos como los administradores concursales, representados por Antonio Moreno, presente en los procedimientos de insolvencia de Martinsa y Fórum Filatélico.