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Economía/Energía.- Los gasolineros se felicitan por la decisión del TUE de declarar ilegales los contratos de Cepsa
MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) se mostró hoy satisfecha con la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) de declarar ilegales los contratos de Cepsa con las gasolineras, informó a Europa Press un portavoz de la patronal que agrupa a 3.999 estaciones de servicio de España.
La CEEES entendió que tras esta decisión el Tribunal de Luxemburgo "ha evaluado con detalle la relación entre estaciones de servicio y petroleras", al estimar que es ilegal que Cepsa imponga un precio de venta del carburante a las gasolineras si éstas son empresas independientes que asumen los riesgos vinculados a la venta de estos productos y no simples agentes de la petrolera.
Según el mismo portavoz, esta sentencia también afectará a Repsol YPF, a quien también se ha criticado por imponer el precio de los carburantes, cuando el responsable último son los propietarios de las estaciones de servicio.
La Confederación considera que, a partir de esta decisión del TUE, los tribunales españoles tienen que aplicar esta sentencia y las administracioens de las petroleras también se tendrán que pronunciar sobre el asunto, ya que "los contratos de suministro en exclusiva son ilegales en este momento y habrá que adaptarlos a la nueva situación".
Este portavoz aclaró que el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) tendrá que emitir su correspondiente dictamen, después de que se mostrara a favor de la gestión llevada a cabo por las petroleras en sus contratos con las estaciones de servicio.
La decisión del Tribunal de Luxemburgo responde a una cuestión prejudicial que le planteaba el Tribunal Supremo en el marco de un litigio que enfrenta a Cepsa con la CEEES. Ésta interpuso un recurso ante la jurisdicción española al estimar que los contratos en exclusiva firmados por la petrolera a finales de 1992 con algunas gasolineras restringen la competencia.
Estos contratos disponen, concretamente, que el titular de la estación de servicio se compromete a vender exclusivamente carburantes y combustibles del suministrador, de conformidad con los precios de venta al público, las condiciones y las técnicas de venta y explotación fijadas por dicho suministrador.