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Economía/Finanzas.- El Banco de España defiende la "intensa" regulación sobre los bancos para mantener la confianza



    MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

    El Banco de España defiende la "particularmente intensa" regulación a la que se somete a las entidades financieras, ya que es necesario mantener y potenciar la "enorme confianza" que la sociedad deposita en el sistema bancario.

    El jefe de la división de Asesoría Jurídica Contenciosa del departamento jurídico del Banco de España, Jaime Herrero, reconoce en un artículo en la revista Estabilidad Financiera publicada hoy, que el grado de supervisión administrativa fijada sobre los bancos, cajas y otras entidades de crédito es "mayor del que soportan otros sectores económicos".

    En este sentido, el artículo justifica esta especial atención por la naturaleza de la actividad bancaria, que capta recursos financieros de un público "muy amplio y que no dispone de los conocimientos necesarios para analizar la solvencia de las mismas". El organismo regulador explica que la regulación y supervisión pública aspira a paliar los efectos de esa carencia y facilitan la confianza en las entidades, algo "imprescindible" para su desarrollo y buen funcionamiento.

    Asimismo, el texto pone de manifiesto la "singularidad" del negocio bancario y destaca la necesidad de proteger al resto del sistema frente al riesgo sistémico o en cadena que pudiera provocar una eventual insolvencia o falta de liquidez de alguna de las entidades de créditos que operan en el mercado.

    De esta forma, el Banco de España señala que parece "lógico" que el grado de responsabilidad exigido a las entidades y a sus consejeros sea correlativo a su cometido y "superior" al requerido en la generalidad de las sociedades anónimas.

    "ESPECIAL" RESPONSABILIDAD DE LOS CONSEJOS.

    El Banco de España destacó, además, la "especial" responsabilidad a la que están sujetos los consejos de administración de las entidades financieras y bancarias, ya que se les exige "total" diligencia y responsabilidad en su marcha y funcionamiento, tal y como ha evidenciado la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en la que se les hace responsables de las prácticas de las entidades, tanto si aceptan su consecución como si no adoptan las prevenciones necesarias para evitarlas.

    Asimismo, el documento señala que la pertenencia a un órgano de administración de una sociedad, y en especial de una entidad de crédito, impide alegar ignorancia de las normas aplicables o de las obligaciones de su cargo, ya que entre los requisitos para desempeñarlo están "especiales requisitos de experiencia y conocimiento profesional", según la misma jurisprudencia.

    En cualquier caso, Herrero afirma que "en modo alguno" la supervisión prudencial sustituye a la responsabilidad de los consejeros por la marcha de la compañía ya que la actividad de una entidad depende, en ultima instancia, de "la actitud y actuación" de sus administradores como responsables máximos.