El regulador pretende que no se perciban bonus por comercializar todo tipo de vehículos de inversiónEstructuradosConvertiblesPreferentesFondos de inversión y planes de pensionesDepósitosLos expertos reinvindican que se remunere por el asesoramiento y no por la distribución masivaRETROCESIONESUno de los principales problemas arraigado en el sector financiero español es que los clientes topan con directores de oficinas que les despachan productos, que no se alinean con sus intereses, solo porque existe una comisión asociada a la venta. Práctica a la que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) quiere poner coto al limitar la retribución variable a la colocación de determinados productos. Con esta medida, que se enmarca dentro de las "Directrices sobre Políticas y Prácticas de remuneración" (MiFID), aplicables a partir del 1 de febrero, capítulos como el de las preferentes, que comercializaron prácticamente todas las cajas de ahorro en España y que dejaron atrapadas a miles de personas que nunca llegaron a entender que compraban deuda perpetua, jamás se habrían escrito. Más que nada, porque una de las pretensiones que se busca con esta decisión es acabar con los conflictos de interés que a menudo se producen entre el cliente y el comercial de la entidad. En palabras del regulador, "las entidades deberán revisar, y en su caso modificar, los sistemas de remuneración y los controles y procedimientos establecidos de forma que los conflictos de interés sean gestionados evitando generar incentivos que puedan incitar a quienes los perciben a favorecer sus propios intereses en posible detrimento del interés de los clientes". Ni más ni menos que, a partir de ahora, será más difícil que alguien que acude a su entidad con la intención de no asumir riesgo salga con un estructurado bajo el brazo solo porque el comercial que le ha atendido cobra una comisión por colocar ese producto y no otro. Javier Borrachero, presidente de CFA Society, apunta que desde el grupo "siempre hemos defendido la necesidad de poner al cliente por delante y no al comercializador. Se debe cobrar por el asesoramiento y no por el producto". En qué se materializa "Es cierto que más vale tarde que nunca. La medida está bien de cara a la galería, pero no va a modificar la forma de colocar los productos", explica Fernando Luque, senior editor de Morningstar. Sin embargo, a la espera de ver cómo se materializan las directrices de la CNMV en la práctica, en la teoría la vía para evitar conflictos de intereses es clara. Cuando existan políticas de retribución variables y se establezca en función del volumen de ventas, es necesario que se añadan también otra serie de variables cualitativas. Entre las que se encuentran el cumplimiento de las normas de conducta, como un análisis de la idoneidad para el cliente, además de informar oral y por escrito al inversor. Otro de los cambios aplicables a partir del 1 de febrero es que las políticas y prácticas de remuneración deberán ser aprobadas por la alta dirección a la par que "deben formularse por escrito de forma clara y transparente, comunicarse a los afectados y ser registradas adecuadamente de forma que sean accesibles", apunta el regulador. Pero sus armas no terminan ahí, porque cada vez que la banca estrene un nuevo producto se deberá analizar que la política retributiva que va unida a la venta de esa campaña es conforme a la política de la entidad dejando constancia del resultado por escrito. Aunque una de las demandas claves del sector financiero es que se atajen las retrocesiones (las comisiones que las entidades que fabrican el producto descuentan al comercializador pero que se cobran al cliente). A pesar de que quedaron prohibidas en el MiFID, fuentes de mercado defienden que en la práctica se siguen aplicando. Una larga lista a olvidar En cualquier caso, las directrices adoptadas por el regulador afectarán a todos los productos que se comercializan en una entidad bancaria por igual. Desde un plan de pensiones hasta un estructurado -ver ilustración-. Aunque los precedentes de mala praxis tienen un claro protagonista: las preferentes bancarias (deuda perpetua sin vencimiento), uno de los productos peor vendidos por parte de las redes comerciales de nuestro país. Rápido llegan al recuerdo las de Caja Madrid y Bancaja (ahora Bankia). Después de que muchos clientes que una vez confiaron en su entidad sin ser conscientes de los riesgos que asumían se enfrentaran a fuertes pérdidas, después de que canjearan estos títulos por acciones que cotizaban con grandes descuentos en el secundario, Bankia no tuvo más remedio que abrir un procedimiento de arbitraje bajo el runrun de haber cometido irregularidades en su colocación. Pero lo cierto es que no fue el único banco en colocar estas participaciones. Más atrás en el tiempo queda también el escándalo de los estructurados que saltó tras la quiebra de Lehman Brothers o las distintas emisiones convertibles que algunos bancos canjearon a un precio establecido de antemano, que en un mercado bajista implicó la asunción de fuertes pérdidas a quienes las suscribieron.