España violó la libertad de expresión al penar la quema de fotos del Rey
Patricia del Águila Barbero
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó ayer a España por la encarcelación de dos ciudadanos que quemaron en 2007 una imagen de los reyes en una manifestación en Girona, afirmando que la pena impuesta violaba la libertad de expresión.
El TEDH consideró que el acto había sido "parte de una crítica política, en vez de personal, de la monarquía en general y de España como nación" y que no había "constituido una incitación al odio o la violencia", considerando que la condena suponía una violación del Artículo 10 de la Convención Europea de los Derechos Humanos, que vela por la libertad de expresión. En la sentencia de 13 de marzo de 2018, el Tribunal consideró que la pena de cárcel im-puesta a los manifestantes no había sido "ni proporcional con el fin perseguido, ni necesaria en una sociedad democrática", imponiendo una multa de 2.700 euros a pagar por el Gobierno de España a cada uno de los manifestantes, más otra de 9.000 a los dos conjuntamente. A su vez, señala que "fue una escena de provocación que se utiliza cada vez más para atraer la atención de los medios y no ir más allá del uso de una cierta cantidad de provocación permitida para la transmisión de un mensaje crítico desde el ángulo de la libertad de expresión".
El ponente de la sentencia, Fato Araci, entiende que el hecho de quemar las fotografías de los Reyes "fue parte de un debate sobre interés público, la independencia de Cataluña, la forma monárquica del Estado y la crítica del Rey como símbolo de la nación española". Así, considera que "no fue un ataque contra el Rey de España, con el objetivo de despreciar a su persona, sino una crítica de lo que representa el Rey como símbolo".
Tras un bronco debate, PP, PSOE y Ciudadanos rechazaron ayer en el Pleno del Congreso la tramitación de una proposición de ley planteada por ERC para despenalizar las injurias a la Corona y la quema de banderas.