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El Tribunal Supremo eleva hasta los 4 años las penas por el asalto a librería Blanquerna de Madrid
La sentencia dictada impone por el delito de desórdenes públicos en concurso ideal con el de impedimento del derecho de reunión la pena de 2 años y 10 meses de prisión, con la concurrencia de la citada agravante (artículo 22.4 del Código Penal), a todos los acusados a quienes la Audiencia Provincial de Madrid impuso 6 meses de prisión.
El Supremo condena también por el delito de daños ocasionados en bienes de propiedad pública: 1 año y 1 mes de prisión y multa de 15 meses -al apreciar la misma agravante de actuar por motivos ideológicos discriminatorios y la atenuante de reparación del daño- para doce de los acusados.
En dos casos el alto tribunal agrava ligeramente las penas: a Jesús Fernando Fernández le condena por los dos primeros delitos a 2 años y 11 meses. Y a Juan Luis López García a 3 años de prisión.
A estos dos les impone, además, 1 año y 2 meses de prisión y multa de 18 meses -a Jesús Fernando Fernández; y también 1 año y 2 meses de prisión y multa de 16 meses a Juan Luis López García. En el caso de Fernández el Supremo aplica la circunstancia agravante de reincidencia y en el de López contempla la relevancia de su actuación.