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Europa delimita el concepto de 'emisiones en el medio ambiente'

  • Incluye la liberación, el vertido, la pulverización en el aire
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Pedro del Rosal

El Tribunal de Justicia europeo (TJUE) ha precisado, en dos sentencias de 23 de noviembre, los conceptos de "emisiones en el medio ambiente" y de "información sobre -o referente a- emisiones en el medio ambiente", en el sentido al que se refiere el Reglamento 1367/2006 y la Directiva 2003/4/CE, normas que regulan, entre otras materias, el acceso a la información medioambiental.

Así, el concepto de emisiones en el medio ambiente incluye "la liberación en el medio ambiente de productos o sustancias, como los productos fitosanitarios o biocidas o la sustancias activas contenidas en estos productos, siempre que esta liberación sea efectiva o previsible en condiciones normales o realistas de utilización del producto o sustancia".

En este sentido, explica el Tribunal, es indiferente que se esté ante una liberación o un vertido, ni tampoco se limita a las emisiones procedentes de instalaciones industriales. También incluye emisiones resultantes de la pulverización de un producto en el aire o su aplicación en las plantas, el agua o el suelo.

Las sentencias también precisan que, dentro del ámbito de aplicación del Reglamento y de la Directiva no sólo se incluye la información referente a las emisiones efectivas, sino también la relativa a emisiones previsibles. Sin embargo, queda excluida la información sobre emisiones meramente hipotéticas, como sería, por ejemplo, los datos extraídos de ensayos en los que se hayan estudiado los efectos de una dosis de producto netamente superior a la dosis máxima para la que se concedió la autorización de la comercialización y será utilizada en la práctica.

El ponente de ambos fallos, el magistrado Antonio Tizzano, dictamina que el término información sobre -o referente a- emisiones en el medio ambiente, no se limita a la información en sí de las emisiones -a su naturaleza, composición, cantidad, fecha y lugar-, sino también aquélla que permita al público controlar si es correcta la evaluación de las emisiones y los datos relativos a las repercusiones a más o menos largo plazo de las emisiones en el medio ambiente.

En el primero de los asuntos, el TJUE analizaba el recurso contra un fallo del Tribunal General en el que obligaba a la Comisión en permitir el acceso a documentos relativos a la autorización de comercialización de un herbicida.

En el segundo litigio, una sociedad para la protección de las abejas solicitó la divulgación de casi un centenar de documentos sobre la comercialización de determinados productos fitosanitarios y biocidas a la autoridad neerlandesa, un requerimiento al que se opuso la farmacéutica afectada, alegando que vulneraba los derechos de autor y la confidencialidad de información comercial o industrial.