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Los expertos piden el desarrollo de un Derecho administrativo global

  • Sería una legislación común que regule los organismos y relaciones transnacionales
Imagen: archivo

Pedro del Rosal

"No es aceptable que las resoluciones de ISO o de la Unesco, organizaciones que adoptan decisiones muy importantes, no puedan ser objeto de recurso". Así ejemplificaba el profesor del Instituto de Estudios Políticos de París Sciences Po, Jean-Bernard Auby -uno de los más destacados administrativistas a nivel francés y europeo-, la necesidad de impulsar la creación de un Derecho administrativo global capaz de dar respuesta al fenómeno de la globalización en este ámbito jurídico.

La interconexión global, según explicó, ha impulsado estructuras, organismos y relaciones económicas, sociales y jurídicas que superan las fronteras de los Estados pero que, sin embargo, por su naturaleza, deben regirse por una regulación de naturaleza administrativa.

"Existe la necesidad de construir una teoría que sirva para manejar situaciones administrativas transnacionales; el equivalente al Derecho internacional privado, pero aplicable a los casos de Derecho público", defendió Auby en la jornada Reflexiones sobre el Derecho administrativo global, organizado por la firma Garrigues.

Este ámbito jurídico debe servir para, a su juicio, determinar la ley aplicable a los actos administrativos transnacionales y, a su vez, permitir la revisión judicial de dichos actos.

Asimismo, a juicio del jurista, este cuerpo normativo debe disciplinar los "complejos" procesos administrativos en los que intervenga más de un Estado, y clarificar el funcionamiento de las instituciones administrativas transnacionales.

"Es una tarea difícil, pero pronto se convertirá en urgente", apostilló el profesor del Sciences Po.

Base común

Para Jean-Bernard Auby existe ya una base para elaborar este cuerpo jurídico compartido de Derecho público. Según defendió, ya se ha desarrollado un "patrimonio común internacional de Derecho administrativo europeo e internacional. Se trata un cierto número de principios y modelos que son la base de los Estados de Derecho: la democracia administrativa, la buena administración o la confianza legítima".

El jurista explicó que la teoría del Derecho administrativo global surge de la observación de que existen numerosas entidades internacionales, públicas y privadas, con todas las características propias de los entes administrativos, pero que no están suficientemente obligadas a rendir cuentas de sus actividades.

Tras el análisis de qué cuerpo jurídico era el más adecuado para someter a estos órganos al respeto de la ley, dicha teoría llegó a la conclusión de que es el Derecho administrativo. "Estamos en un proceso de renovación del campo de las preocupaciones de los administrativistas", advirtió el profesor a los asistentes al foro.