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La Audiencia sostiene que el delito contra Hacienda daña un bien colectivo
En el auto en el que desestima aplicar a la infanta la llamada "doctrina Botín" y respalda la legitimidad de la acción popular para acusar a doña Cristina (que seguirá siendo acusada en el juicio de Nóos) el tribunal provincial detalla que, como no considera a Hacienda el único y concreto perjudicado por el fraude fiscal, la acusación por parte de la Abogacía del Estado "no colma" la protección del bien presuntamente dañado.
La Audiencia de Palma avala la acción popular que ejerce Manos Limpias y asegura que este tipo de delitos de naturaleza "difusa, colectiva o metaindividual" es el espacio "donde halla su más plena justificación la participación de los ciudadanos en el proceso".
Según el tribunal que juzgará a la infanta, a su marido Iñaki Urdangarin y otros 16 acusados, en el delito de fraude fiscal lo que se lesiona es "el presupuesto necesario para procurar la asignación equitativa de los recursos públicos", algo que compromete la política económica y social que "debe ser garantizada en un Estado Social y democrático de Derecho".