Declaran inconstitucional parte de ley uruguaya que indemniza a funcionarios
El conflicto entre los trabajadores judiciales y el Gobierno se remonta a 2010, cuando la Administración del entonces presidente José Mujica (2010-2015) aprobó un aumento salarial para los ministros de Estado y equipararlos así con los de los senadores.
Los sueldos de los trabajadores del sistema judicial uruguayo están ligados a los salarios de los integrantes de la SCJ, que a su vez, por ley, deben estar equiparados a las retribuciones de los ministros de Estado.
Desde entonces, los colectivos de trabajadores judiciales han presentado ante la SCJ diferentes recursos de inconstitucionalidad y otro tipo de demandas, las cuales se encuentran en distintos procesos.
En ese sentido, los tres artículos declarados hoy inconstitucionales por la SCJ forman parte de una ley aprobada por el Parlamento del país suramericano a inicios de 2015.
Esta norma incluía un artículo en el que se disponía "una partida extraordinaria de 459.000.000" pesos (15.325.542 dólares) para pagar obligaciones generadas por "las interpretaciones, resoluciones, liquidaciones de haberes u otro tipo de acciones" que existían al momento de su promulgación, el cual fue declarado inconstitucional.
Asimismo, el artículo que no fue tratado por la SCJ y que por tanto sigue siendo aplicable dispone "un ajuste en las retribuciones de (...) magistrados, fiscales y funcionarios del Poder Judicial" y asignó 246.000.000 pesos (unos 8.213.689 dólares) a los funcionarios judiciales.
Según explicaron a Efe fuentes del Poder Judicial, tras el fallo de la SCJ los funcionarios que llevaron a cabo la demanda -solo ellos, dado que los que no se adhirieron no se ven afectados por esta resolución- vuelven a la situación de 2010, cuando el Gobierno de Mujica sancionó la ley en la que se ajustaban esos salarios.