El Congreso elimina trabas para el acreedor de personas físicas
Teresa Blanco
La posibilidad de que el acreedor de una persona física que se declara insolvente pueda reclamar al juez la revocación de la quita o rebaja de la deuda -que se le ofreció en su día cuando renegociaron su deuda porque no podía afrontarla-, ya no estará limitada a cinco años que dura el llamado plan de pagos.
Ahora, los acreedores podrán solicitar la revocación sin límite de tiempo, si descubren que el deudor ve mejorada "sustancialmente" su situación económica gracias a una herencia o un premio, o cuenta con ingresos o bienes que había ocultado en fraude de ley. Eso sí, siempre que el engaño se produjera dentro de esos cinco años de duración del plan.
Así lo recoge una nueva enmienda introducida en el proyecto de Ley de Segunda Oportunidad que ayer salió del Congreso para ser remitida al Senado -tras el respaldo de PP y UPyD- con la incorporación de 30 enmiendas populares y seis transaccionales a 15 enmiendas de la oposición.
Y es que, la norma contempla que las personas físicas insolventes de buena fe podrán renegociar su deuda con sus acreedores y, en caso de no poder afrontarla, podrán solicitar la liquidación de sus bienes mediante un plan de pagos a cinco años. Además, si el juez lo acepta, podrán ser exonerados de las cantidades pendientes al terminar el periodo. Se trata de un modelo que ahora se quiere incorporar al ordenamiento español, existe desde hace años en países como Francia o Estados Unidos, con el objetivo de aliviar la carga financiera de las familias más endeudadas y evitar su exclusión social.
Hogares sin ingresos
Por otro lado, se han rebajado los requisitos para optar a la quita a los hogares sin ingresos o que dediquen más del 60 por ciento de los mismos a la hipoteca.
Así, en estos casos el juez podrá decretar la quita de la deuda pendiente tras el periodo del plan de pago, incluso aunque este se haya incumplido, si durante esos cinco años se ha destinado al pago de deudas al menos la cuarta parte de sus ingresos no embargables.
Otra de las novedades pasa por reconocer al deudor la posibilidad de solicitar que se nombre a un mediador concursal para las negociaciones con sus acreedores; al tiempo que se amplía hasta mayo de 2017 el plazo para rescatar el dinero depositado en un plan de pensiones si se utiliza para evitar el desalojo de la vivienda habitual.
Asimismo, se modifica sustancialmente el límite de las retribuciones de los administradores concursales; así como el acceso a los datos del registro público de beneficiarios de la Segunda Oportunidad. Las entidades de crédito, y demás personas que quieran averiguar la situación del deudor, deberán ahora demostrar un "interés legítimo".