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El TS prohibe a una juez ejercer en la Audiencia Nacional mientras figura como socia del bufete de su marido



    El Tribunal Supremo ha prohibido a la juez María Asunción Salvo ejercer como magistrada en la Audiencia Nacional mientras mantiene su participación como socia en el bufete de abogados que comparte con su marido.

    MADRID, 26 (EUROPA PRESS)

    El alto tribunal ha avalado una decisión del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que declaró incompatible la condición de juez en servicio activo con la de partícipe de la sociedad mercantil Almajano Abogados.

    La magistrada alegaba que se limitaba a obstentar la condición de socia al 50 por ciento del bufete, que compartía con su esposo, pero en el que no ejercía. Salvo aseguraba que la empresa es "un instrumento del régimen económico matrimonial" y que a ella se aportaron bienes del matrimonio anteriores a su constitución.

    En una resolución hecha pública este jueves, el alto tribunal recuerda que los componentes del poder judicial "tienen limitaciones establecidas en la Constitución que no se establecen respecto a otros servidores del Estado". Por ejemplo, los jueces y magistrados no pueden pertenecer a partidos políticos o sindicatos, señala.

    Entre estas limitaciones se encuentra también la de desempeñar una actividad mercantil, dice la resolución, que agrega que "la mera tenencia de la mitad de las participaciones sociales conlleva el ejercicio de la actividad de la sociedad".

    El Supremo destaca, además, que el hecho de que la sociedad se dedique al ejercicio de la abogacía "puede afectar a la apariencia de imparcialidad objetiva para el ejercicio de la actividad jurisdiccional".