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Los actos previstos en Ondarroa a favor de presos de ETA no se celebraron tras la prohibición de la Audiencia



    Los actos a favor de los presos de ETA previstos para este miércoles durante las fiestas de Ondarroa (Bizkaia) no se han celebrado, después de que la Audiencia Nacional acordara su prohibición, al considerar su celebración un hecho "ilícito" por tratarse de actos de "enaltecimiento del terrorismo", según han confirmado fuentes del Departamento vasco de Seguridad a Europa Press.

    BILBAO, 14 (EUROPA PRESS)

    En un auto de la Audiencia Nacional, el juez Pablo Ruz señala que, analizando la doctrina jurisprudencial respecto a hechos similares, se aprecian "suficientes indicios de posible perpetración" del delito previsto en el artículo 578 del Código Penal (enaltecimiento de partícipes en delitos terroristas).

    El juez indica que, según se desprende de los informes policiales, se tratarían de la convocatoria de una jornada a favor de los presos de ETA prevista para este 14 de agosto en Ondarroa (Bizkaia) con motivo de las fiestas patronales.

    En concreto, a la una de la tarde estaba prevista una manifestación por los presos y huidos de ETA desde la Parte Vieja. A las 13.45 horas un brindis a favor de los presos en el "Kulixka", a las 14.30 horas una comida popular en Plazagane, a las 18.30 horas un acto, frente al Kafe Antzokia, con el acompañamiento del coro del pueblo y a las 20.000 horas una romería, frente al Kafe Antozokia.

    Estos actos se enmarcaban en la celebración durante las fiestas del denominado "Día de la Amnistía" y, tras la decisión de la Audiencia Nacional, no se han llegado a celebrar, según ha informado el Departamento de Seguridad.

    El cartel promocional de estos actos incluye las fotografías de los miembros de ETA naturales de Ondarroa que se encuentran actualmente cumpliendo condena, así como una silueta que representa a los miembros huidos.

    El juez señala que estos actos no pueden quedar amparados en el derecho fundamental de reunión recogido en el artículo 21 de la

    Constitución. En el auto indica que no se incluyen en este derecho fundamental aquellas reuniones que tengan una finalidad ilícita.

    En este sentido, alude al "fin ilícito" en la configuración de los actos, que es el de ensalzar a personas que "han sido condenadas como colaboradoras o integrantes de la organización terrorista ETA, alabando, amparando o justificando las actividades delictivas

    por ellas cometidas y por las que fueron condenadas, ensalzando además la lucha armada".

    En este sentido, concluye que los actos convocados tienen como finalidad única "la de enaltecer u otorgar reconocimiento o mérito público a las personas condenadas por su participación en actividades de carácter terrorista".

    Por ello, indica que, de celebrarse estos actos, se estaría incurriendo en un delito de enaltecimiento y justificación pública del terrorismo, "con el consiguiente menosprecio y humillación a las víctimas y sus familiares que ese tipo de delitos generan".

    En este sentido, cree que se debe acordar la prohibición de los citados actos, y también alude a otros programados para el 17 en Ondarroa a favor de presos de ETA, dentro del denominado "Día del Pescador".

    En relación a esos actos del 17 de agosto, se incluye una encartelada a favor de los derechos de los presos y huidos de ETA. Al respecto, el juez solicita a la Guardia Civil, Policía Nacional y Ertzaintza que, con carácter de urgencia, informen sobre los hechos previstos para ese día.