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La sentencia del TS sólo mantiene la prohibición del burka en los autobuses de Lleida



    Satisfacción del abogado de la asociación islamista tras el fallo

    LLEIDA, 28 (EUROPA PRESS)

    El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la ordenanza del Ayuntamiento de Lleida que prohibía el velo integral en espacios municipales al entender que el consistorio ha limitado la libertad religiosa de las mujeres sin tener competencia, aunque sí mantiene la prohibición en los autobuses.

    Así lo ha explicado a Europa Press el abogado de la asociación islamista Watani, Carles Antolí, que recurrió a los tribunales la decisión del consistorio leridano, y que ha mostrado su satisfacción tras el fallo.

    "El resultado es positivo, nos da la razón, revoca la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña excepto en el tema del transporte público. En los autobuses seguirá existiendo la prohibición de que puedan subir, pero en el resto de espacios públicos quedará revocada esta prohibición y podrán entrar las mujeres con burka", ha señalado.

    "Nos da la razón en nuestros argumentos y por lo tanto se demuestra que la sentencia del TSJC era errónea y que legalmente no se aguantaba, es una satisfacción porque es la primera sentencia en Europa en este sentido", ha afirmado Antolí.

    El TS admitió a trámite en octubre de 2011 el recurso de la asociación islámica Watani contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que dio validez a la prohibición del 'burka', el 'niqab' y otras prendas que tapen el rostro en edificios municipales de Lleida.

    El fallo del TSJC consideraba que el Ayuntamiento tenía competencia en materia sancionadora, un argumento del que el letrado discrepó al conocer la resolución porque el motivo del recurso que había presentado contra la ordenanza municipal era por la prohibición y no por las sanciones.