Condenado a 22 años un etarra por atacar a dos ertzainas en Portugalete
Así lo ha ordenado la sección segunda de la sala de lo penal de este tribunal en una sentencia en la que obliga además al terrorista a indemnizar con 100.000 euros al agente Manuel Rodríguez y con 200.000 a César Garbancho por las quemaduras sufridas en este ataque, y le prohíbe aproximarse a sus víctimas durante cinco años desde su puesta en libertad.
La Audiencia considera probado que Rodríguez, junto con un grupo de individuos ya condenados por estos hechos, -entre ellos el exjefe del "comando Vizcaya" Arkaitz Goikoetxea, y siguiendo un "plan perfectamente preestablecido", lanzaron en la madrugada del 5 de agosto de 2001 varios artefactos incendiarios contra una sucursal bancaria situada en la plaza del Cristo de Portugalete.
Con ello consiguieron atraer a una patrulla de la Ertzaintza, cuyo coche rodearon y le comenzaron a lanzar "numerosos objetos contundentes" y llegaron a incluso a introducir algunos de los cócteles molotov en el interior del coche, lo que produjo su posterior incendio.
Uno de los ertzainas atacados sufrió quemaduras de primero, segundo y tercer grado en el diez por ciento de la superficie corporal, especialmente en la cara, la espalda y el brazo izquierdo, y estuvo incapacitado durante 496 días.
El otro agente sufrió quemaduras aún más graves, de segundo y tercer grado, en el treinta por ciento de la superficie corporal, concretamente en la cara, el cuello, las dos manos, los antebrazos, los brazos y la espalda, y estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales durante 584 días.
La sala, que condena a Rodríguez por dos delitos de asesinato terrorista en grado de tentativa y uno de daños, basa su decisión principalmente en las pruebas genéticas realizadas al acusado, cuyo perfil genético se correspondía con el hallado en una de las prendas que se encontraron en el lugar de los hechos.
Y a ello se añaden el conjunto de declaraciones testificales y otras periciales, por lo que el tribunal "no puede sino llegar al convencimiento de que el fin último de los agresores, y entre ellos el acusado, era no sólo causar daños, sino la muerte de los ertzainas o al menos asumiendo que tal resultado se produjera".
Esta misma sección condenó por estos hechos a 22 años de prisión a Zigor Blanco Santisteban, Egoitz Coto Etxeandia, Sebaten Jon Gurtubay, Víctor Franco Martínez y Ander Arrillaga Montejo.