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La Audiencia de Palma avala los registros de Barcelona del caso Nóos



    Palma, 25 jun (EFE).- La Audiencia de Palma ha avalado la legalidad de los registros realizados el pasado noviembre del caso Nóos en dos bufetes de Barcelona, al entender que esta medida era "idónea y necesaria para conocer el entramado de empresas supuestamente utilizado para apropiarse de los fondos recibidos por Nóos".

    En un auto del último tomo del sumario, al que tenido acceso Efe, la Audiencia desestima el recurso contra los registros interpuesto por la defensa del bufete de asesoramiento fiscal Tejeiro Medina y el bufete Medina Tejeiro, relacionados con el excontable del Instituto Nóos Marco Antonio Tejeiro y su hermano Miguel, exsecretario de Nóos, ambos imputados.

    Estas empresas sirvieron, según la Fiscalía Anticorrupción, para que el duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y su exsocio Diego Torres se apropiaran de fondos públicos.

    La defensa de los bufetes recurrió al juez del caso Nóos, José Castro, la entrada y registro en los bufetes en noviembre de 2011 y el juez rechazó esta petición, por lo que el recurso se elevó en apelación a la Audiencia, que ahora también lo desestima.

    El abogado indicaba que el registro no estaba motivado por el juez, que era desproporcionado, que hubo irregularidades en el volcado de la información y que además no contó con la firma del magistrado.

    La Fiscalía Anticorrupción dijo que estaba "sobradamente motivado" y que el registro se hizo salvaguardando en todo momento el derecho profesional de los investigados.

    La sección segunda de la Audiencia apunta que el registro fue una medida tomada al inicio del procedimiento y que se basa en "sospechas fundadas", aunque sea "de un modo genérico y no exhaustivo".

    Indica que el auto del juez que decreta el registro está "suficientemente motivado" y que, de lo aportado en su momento por la Fiscalía Anticorrupción, se deduce la intervención de Miquel, Marcos y Ana María Tejeiro -esposa de Diego Torres y responsable del área jurídica y fiscal del Instituto Nóos- en el "entramado de entidades y personas supuestamente utilizadas por Diego Torres e Iñaki Urdangarin para apoderarse de los fondos que recibía el Instituto Nóos".

    Para la Audiencia, la medida era "idónea y necesaria" y resulta "poco probable que la documentación realmente útil hubiera sido facilitada por un simple requerimiento judicial", por lo que no haber hecho el registro habría dificultado "enormemente"la investigación.

    También afirma que el juez detalló suficientemente el objeto del registro y los documentos que deberían ser intervenidos.

    En el sumario también consta otra resolución de la Audiencia de Palma a la petición del empresario imputado Miguel Zorío de interponer una querella a Marco Antonio Tejeiro por supuestas calumnias e injurias vertidas contra él.

    Zorío afirmó al juez que había sido imputado en la causa debido a las manifestaciones de Tejeiro en su declaración de noviembre ante el juez, que son "injuriosas" y "vulneran claramente el honor" del empresario.

    El juez instructor del caso Nóos ya rechazó esta petición afirmando que el hecho de un imputado pudiera verse encausado por el contenido de una declaración condicionaría su versión de los hechos y su libertad de defensa, argumentos que avala la Audiencia.