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Sólo se acusará de blanqueo al dinero de origen delictivo

    Foto: Archivo.


    Los contribuyentes que decidan acogerse a la amnistía fiscal y realizar la declaración tributaria especial no estarán obligados a realizar ninguna comunicación sobre prevención de blanqueo de capitales, siempre que el dinero proceda únicamente de infracciones tributarias y no de actividades delictivas.

    Así, lo aclara la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, dependiente de la Secretaría de Estado de Economía, de 24 de mayo, en una nota publicada para aclarar las dudas interpretativas planteadas por diversas entidades sobre el procedimiento de regularización fiscal que concluirá el próximo día 30 de noviembre.

    Compatible con la normativa

    Recuerda este texto, que la presentación de dicha declaración tributaria especial, al igual que ocurre con el resto de las declaraciones tributarias, resulta plenamente compatible con la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo. Señala también el texto, que "es importante subrayar que el artículo 1 de la citada Ley exige que los bienes objeto de blanqueo de capitales procedan de una actividad delictiva o de la participación en una actividad delictiva".

    La nota sigue a otra previa, de 11 de mayo, en la que se indicaba a las entidades financieras lo contrario. En ella, se decía que "la naturaleza y finalidad de la disposición adicional primera del Real Decreto 12/2012 no constituye título justificativo de los fondos ni regulariza ni legitima posibles actividades ilícitas".

    Por todo ello, afirmaba que las entidades financieras deberían aplicar estrictamente las medidas de diligencia debida establecidas en los artículos 3 al 16 de la Ley 10/2010, incluida la identificación del titular real de los bienes o derechos declarados, su origen y la aplicación, en su caso, de medidas reforzadas en aquellas situaciones que por su propia naturaleza puedan presentar un riesgo más elevado de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo.

    Señala la misiva del Tesoro, que los sujetos deberán prestar especial atención a los activos repatriados desde paraisos fiscales de la lista del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi), consideradas como de alto riesgo o no cooperativas.