Telefónica recurrirá ante el Supremo la sentencia del Superior de Justicia de Cataluña
En la sentencia, la sala de lo contencioso-administrativo del TSJC avala la sanción de medio millón de euros pero anula otra multa de 35.000 euros que debía pagar TELEFONICA (TEF.MC)por cláusulas abusivas en su Servicio de Acceso a Internet Línea ADSL.
La sala ve proporcional la sanción impuesta a Telefónica, teniendo en cuenta que afectó a más de un millón de abonados, de los que sólo 68.692 se dieron de baja del servicio de identificación de llamadas, mientras que a otros 994.553 se les mantuvo el servicio, a un coste de 0,58 céntimos de euro.
El servicio de identificación de llamadas se empezó a comercializar en el año 2000 y fue gratuito hasta 2008, cuando la empresa informó a los usuarios de que empezaría a cobrar.
El TSJC no discute la capacidad de Telefónica para modificar la gratuidad del servicio, pero considera que el hecho de que se comunicara a los clientes la tasa del servicio y su posibilidad de darse de baja sin coste alguno no puede entenderse como una aceptación del mismo.
Fuentes de Telefónica han señalado a Efe que la compañía recurrirá esta sentencia ante el Tribunal Supremo, al no tratarse de una resolución en firme.