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El Tribunal Supremo avala que la reconstrucción del Palacio de Deportes eliminó zonas verdes



    Madrid, 25 abr (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid sobre la disminución de las zonas verdes en la reconstrucción del Palacio de Deportes y condena a ambas administraciones a pagar 3.000 euros en costas.

    La sentencia de la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso Efe, avala así la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de junio de 2008 y da la razón a la comunidad de propietarios del número 88 de la calle de Goya.

    El TSJM estimó en parte el recurso interpuesto por estos vecinos contra el acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2004 por el que se aprobó la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Madrid para la reconstrucción del Palacio de los Deportes y la declara "nula" en cuanto que supone "la disminución de zonas verdes".

    En concreto, la modificación del PGOU impugnada redujo 3.853 metros cuadrados de zona verde de los que únicamente se han compensado 1.038 en la zona de los Teatros del Canal.

    Para el Supremo, el dato más significativo no es dónde se han compensado los metros cuadrados de zona verde suprimida "sino que la compensación no alcanza a la totalidad de zona verde eliminada, lo que conlleva una disminución de superficie final, no permitida por la norma autonómica".

    El Alto Tribunal subraya que las zonas verdes siempre han tenido un régimen jurídico propio y peculiar tendente a establecer una serie de garantías al mantenimiento e intangibilidad de estas zonas, "impidiendo que fueran borradas del dibujo urbanístico de la ciudad sin la concurrencia de poderosas razones de interés general".

    Ejemplo de ello -recoge la sentencia- es la previsión del artículo 69.2 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid de 2001 "que impide la disminución de zonas verdes a través de una modificación puntual del planeamiento".

    Desestimados todos los motivos de casación del recurso interpuesto por la Comunidad y el Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia del TSJM, el Supremo impone a sendas administraciones el pago, por mitad, de 3.000 euros en costas.