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La Audiencia condena a una multa a la mosso que abofeteó a una detenida
Según han informado a Efe fuentes judiciales, la sala 21 de la Audiencia de Barcelona ha condenado a la agente que propinó la bofetada a la detenida, Tania Rodríguez, mientras absuelve a la otra mosso que participaba en el cacheo, al reconocer que debido a la "rapidez y sorpresa" de la acción no tuvo ninguna capacidad de intervenir para evitarla.
Asimismo, el tribunal ha condenado a un año de prisión por un delito de atentado a la autoridad a la detenida, Elena Podvigina, al considerar probado que mordió a uno de los agentes que la arrestó en el edificio en el que residía, después de que los vecinos avisaran a los Mossos de que estaba causando alboroto porque había perdido las llaves de su casa.
La bofetada propinada a Elena Podvigina fue grabada en abril de 2007 por una de las cámaras ocultas que el Departamento de Interior, entonces dirigido por el ecosocialista Joan Saura, instaló en la comisaría barcelonesa de Les Corts para detectar casos de abusos por parte de los mossos, tras haberse disparado las denuncias por maltratos policiales.
En su sentencia, la sala considera que la bofetada que la agente condenada propinó a Elena Podvigina supone una "extralimitación" en las funciones policiales y descarta la versión de la mosso de que se limitó a apartar la cara de la detenida con la mano porque ésta trataba de escupirle.
En opinión del tribunal, "se mire por donde se mire", lo que propinó la agente a Elena Podvigina era "una bofetada en toda regla", aunque esa acción no supone "más que un uso excesivo de la fuerza en un contexto de tensión ante la nula colaboración de la víctima que, además, mantenía una actitud desafiante".
La sala considera que el bofetón no reviste "la gravedad mínima para equipararse a las conductas que se contemplan como tendentes a la instrumentalización de la persona o de humillación" ni en la actuación de las agentes concurrió el ánimo de denigrar a la detenida, contrariamente a la opinión de Fiscalía, que imputaba a las agentes un delito contra la integridad moral.
Pese a que la brusquedad que se desprende de las imágenes, el tribunal sostiene que "el uso de la fuerza por parte de las agentes fue proporcional en intensidad al comportamiento de la detenida", dado que ésta se resistió a los intentos de las mossos de desnudarla para proceder a su cacheo
En ese sentido, la sentencia concluye que, en general, la actuación de las mossos d'esquadra "sí se ajustó al protocolo".
Respecto a los múltiples hematomas que Elena Podvigina presentaba al salir de comisaría, acreditados por informes médicos, el tribunal cree que no todas sus lesiones "guardan relación causal" con la actuación de las agentes y aventura que existen altas probabilidades de que la imputada se las hiciera al golpearse durante el traslado y una vez se encontraba en la celda.
La Audiencia resta credibilidad a la versión de Tania Rodríguez de que se limitó a apartar la cara a la procesada para evitar que la escupiera y apunta que esa explicación "parece obedecer más a la búsqueda de una justificación posterior al visionado".
La detención de Elena Podvigina tuvo lugar el 5 de abril de 2007 en el edificio de Barcelona en el que residía, al que llegó tras una celebración familiar y, al percatarse de que no llevaba llaves, empezó a proferir gritos y causar ruidos, lo que motivó que sus vecinos llamaran a la policía.
Según la sala, que no aprecia la atenuante de embriaguez en la acusada, al llegar los agentes, Elena Podvigina se tiró al suelo, lanzando patadas, por lo que los mossos le indicaron que iba a ser detenida y la esposaron, lo que motivó que se enfureciera y mordiera a uno de los policías en la mano cuando iban en el ascensor.
La bofetada a Elena Podvigina ha corrido una suerte similar a la del otro caso de abuso policial grabado por cámara oculta que el Departamento de Interior llevó a la Fiscalía, que también se saldó con penas mínimas de multa para los agentes encausados.